El indulto a Sáenz fue una 'clara extralimitación', dice el Supremo
El Tribunal Supremo ha sentenciado que el indulto concedido por el
Gobierno al vicepresidente y consejero delegado del Santander, Alfredo
Sáenz, "constituye una clara extralimitación del poder conferido por la
Ley del Indulto al Gobierno" al pretender extender los efectos de la
medida de gracia al ámbito administrativo.
Las normas administrativas impiden ejercer el oficio bancario a quienes
tengan antecedentes penales por delito doloso al considerar que carecen
de la honorabilidad exigible. Es el caso de Sáenz, condenado en firme
por un delito de acusación falsa.
El indulto que le concedió el Gobierno socialista en noviembre de 2011
no solo le condonó por una multa las penas de arresto y suspensión para
la profesión bancaria impuestas por los tribunales sino que, además,
pretendió dejar sin efecto "cualesquiera otras consecuencias jurídicas o
efectos derivados de las sentencias, incluido cualquier impedimento
para ejercer la actividad bancaria", estableció el real decreto de
indulto en su inciso final, anulado ahora por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Supremo en un fallo unánime.
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