cosa que no significa que fuera inocente.. pero ahí sigue, así funciona la "democracia" en hispanistán.. disfruten lo votado..
El juez rechaza imputar a Ana Mato por cohecho porque el delito habría prescrito
El juez instructor del 'caso Gürtel' en el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira, ha rechazado citar a declarar en
calidad de imputada por un delito de cohecho a la vicesecretaria de
Organización del PP Ana Mato, como había solicitado el PSOE de Boadilla
del Monte (Madrid).
En un auto fechado el pasado día 19, el magistrado acuerda no admitir a
trámite la denuncia presentada por el portavoz socialista en Boadilla
del Monte, Pablo Nieto, y otros tres miembros de este partido contra
Mato, al entender que en el "hipotético supuesto de que concurriesen
indicios delictivos", los mismos habrían prescrito.
La denuncia hacía alusión a los informes de la Unidad Central de
Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) en los que se apunta la
posibilidad de que la trama de corrupción presuntamente dirigida por
Francisco Correa pagara varios viajes, billetes de avión y estancias en
hoteles al ex alcalde de Pozuelo de Alarcón Jesús Sepúlveda (PP) y a
varios miembros de su familia, entre ellos su exesposa -Ana Mato-.
En concreto, los denunciantes mencionaban un viaje realizado por la
dirigente del PP y su hija, así como su estancia en el hotel Capital
Swisse Golf, y pedían al instructor que investigara una posible
responsabilidad penal.
El fiscal, sin embargo, se opuso a la denuncia y a la imputación de Ana
Mato, argumentando que ya había prescrito el presunto delito que pudiera
haber cometido en el caso de acreditarse que los "regalos percibidos en
2003 y 2004 lo fueron en consideración al cargo que desempeñaba y no en
su entonces condición de cónyuge del imputado Jesús Sepulveda".
El Ministerio Público recordó que el delito que podría imputársele por
estos hechos sería el de "cohecho impropio", castigado con multa de tres
a seis meses y cuya prescripción es de tres años.
Sin entrar en el fondo del asunto, el auto del juez Pedreira sostiene
que "de los hechos descritos no se deduce apariencia de responsabilidad
penal" y que "se ha producido prescripción por el transcurso del tiempo,
por lo que carece de justificación abrir un proceso penal.
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