será que el que aporta 70k Euros es mejor profesor (y por eso lo cogen)..
El colegio que pedía 190 euros por entrevista de trabajo cobra 70.000 por conceder la plaza
El Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) ha denunciado de nuevo al
colegio Marí Nebrera, el mismo que cobraba 190 euros por entrevista a
los aspirantes a trabajar en él, al conocerse que el último requisito
para obtener el puesto de docente en el mismo es desembolsar 70.000
euros, en concepto de participación en la sociedad María Nebrera Ruiz
S.A. que lo regenta.
En concreto, los aspirantes a un puesto de trabajo como docente deben
convertirse en socios de la sociedad María Nebrera Ruiz S.A., aportando
70.000 euros como participación en la sociedad para poder trabajar como
docente. El SAT, que ha denunciado esta exigencia ante la Inspección de
Trabajo, destaca en su escrito como dicho "requisito" para trabajar en
el colegio "ni siquiera se acompaña de un contrato de trabajo, sino de
un 'compromiso de colaboración docente'". El contrato recoge que se
devolverá la inversión inicial en cuatro años.
El SAT sostiene ante la Inspección de Trabajo que estos hechos vulneran
el principio de igualdad y son discriminatorios por razón de condición
social, "privando del derecho a un puesto de trabajo a aquellos
aspirantes que no dispongan de capacidad económica para pagar 70.000
euros por acceder a un puesto de trabajo".
El portavoz de Educación del sindicato, Carlos Ríos, afirmó en un
comunicado considerar "una inmoralidad" el que se pida a los docentes un
"impuesto patronal" por el simple hecho de aspirar a un puesto de
trabajo. "El sector del profesorado ha sido ya suficientemente castigado
este curso con más de 4.500 despidos en la enseñanza pública", sostiene
Ríos.
La denuncia pide a la Inspección que el proceso sea detenido y la
empresa María Nebrera Ruiz S.A. sea inhabilitada para realizar cualquier
tarea relacionada con la educación "habida cuenta de su comportamiento
inmoral, ilegal e injusto hacia la mayoría de la sociedad andaluza".
Piden también al Ayuntamiento de Granada que retire la concesión de la
parcela pública que posee dicha empresa, que ya gestiona una guardería
construida en 2010 con dinero del Plan E.
Se basa el SAT en que el pliego de cláusulas administrativas de la
concesión establece como infracción grave, en su cláusula vigésimo
segunda sobre régimen sancionador, "la percepción de cualquier tipo de
retribución de los usuarios que no sea de las expresamente ofertadas en
la adjudicación y que motivaron ésta".
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