¿Van a ir el ministro correspondiente y sus cientos de asesores muy bien pagados a la cárcel? ¿Acaso van a dimitir?
ah, no.. es hispanistán es un "estado de Derecho".. y por eso la ley era abusiva antes y después de la reforma.. como mucho se le pondrá una multa astronómica al país,
eso, aparte de las horas perdidas en "recursos públicos" (jueces, policías..) y del coste que va a suponer deshacer el entuerto..
disfruten lo votado..
El Tribunal de la UE sentencia otra vez que la reforma de la Ley Hipotecaria es abusiva
El Tribunal pide que los afectados por deshaucios puedan recurrir una sentencia judicial desfavorable
Por segunda vez en algo más de un año el Tribunal de Luxemburgo ha
sentenciado que la Ley hipotecaria española es abusiva para los
ciudadanos que y claramente favorable a los bancos. El Tribunal
Europeo considera que la Ley era abusiva antes y después de la reforma
del PP y lo que ha sentenciado ahora es que el hipotecado está en desventaja frente al banco en la posibilidad de recurrir ante los tribunales.
La nueva sentencia llega tras la decisión de la Sección tercera de la
Audiencia de Castellón de elevar una consulta al Tribunal Europeo, a
raíz de un pleito que enfrentaba a un banco y a unos ciudadanos
afectados por una ejecución hipotecaria.
Capacidad de recurso para los hipotecados
El
Tribunal de Luxemburgo pide al Gobierno español que modifique la Ley de
Enjuiciamiento Civil del año 2000 para que quienes sufren un desahucio
(ejecución hipotecaria) puedan oponerse a una resolución judicial
desfavorable. Recuerda además el Tribunal que el Gobierno debe cumplir la directiva de protección de los consumidores que aprobó la Unión Europea hace 20 años, en 1993.
En
definitiva, al Tribunal Europeo le parece injusto que si un juez
invalida un desahucio el banco pueda recurrir, pero si es al revés y el
juez ratifica el desahucio, quien pierda la vivienda o el local no puede
recurrir.
Reformar la Ley
El segundo varapalo a la Ley Hipotecaria española se produce a raíz
de una consulta de la Audiencia de Castellón, quien consideró que el
artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que regula las
ejecuciones hipotecarias implica desigualdad en el trato entre los
bancos y los firmantes de una hipoteca porque los bancos siempre pueden
recurrir sentencias desfavorables y los hipotecados no, según informa Europa Press. En este sentido
el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana considera
necesario reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil para subsanar dicha
desigualdad.
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