20150211

Anulada una multa de 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos por confundir un dispositivo de ayuda a la conducción con un inhibidor de radar

en un país medio decente habrían pagado la multa de 6000 Euros los "Agentes de la Autoridad" que pusieron la multa, por prevaricación y atropello legal (por multar por llevar un aparato que ni siquiera sabían para qué servía), podían haber inmobilizado el vehículo.. recordemos que el "no conocimiento no exime", pero eso, al parecer, sólo se aplica sobre el sufrido contribuyente.. nunca se plantea para el que, escudado en una ley que medio-conoce (y que se ha demostrado que medio-desconoce) aplica lo que le parece..

y habrían pagado la multa de 6000 Euros los funcionarios que hubieran seguido con el proceso sancionador (por prevaricación y atropello legal) por inversión de la carga de la prueba..


la sentencia es ridícula dado todo lo que se ha vulnerado (empezando con la presunción de inocencia y la carga de la prueba), del todo impropio en un "Estado de Derecho" (sic), pero aún es más escandaloso pues no apunta a ninguna responsabilidad por parte de los que usaron el aparato legal del Estado (tanto los "Agentes de la Autoridad" como la propia DGT) para pisotear los derechos del contribuyente, lo cual es más sangrante..

hispanistán es el país de los abusos.. para la Administración tanto los abogados como el juicio son gratis.. y luego si hay que pagar alguna indemnización el dinero acaba saliendo de lo que aportan los propios contribuyentes.. y sin más responsabilidades..

disfruten lo votado..


Anulada una multa de 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos por confundir un dispositivo de ayuda a la conducción con un inhibidor de radar

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