20201013

YOLANDA DÍAZ: A partir de hoy se acabó que un hombre y una mujer cobren diferente en una empresa

para el que no lo recuerde (está claro que la ministra necesita más "hexpertos" y más "hasesores", que los cientos que tiene no son suficientes):

  • Carta social Europea 1961

  • Derechos económicos sociales y culturales 1966

  • Artículo 14, Constitución 1978

  • Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores.

Artículo veintiocho. Igualdad de remuneración por razón de sexo.

El empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo igual el mismo salario, tanto por salario base como por los complementos salariales, sin discriminación alguna por razón de sexo.


así que lo que dice la ministra, resumiendo.. es que tiene que cobrar lo mismo un hombre y una mujer de la misma empresa.. por ejemplo: tiene que cobrar lo mismo un neurocirujano con 30 años de experiencia, que la que limpia el suelo con un contrato de 2 meses.. y que en una empresa de inversión tiene que cobrar lo mismo la secretaria y el bróker que lleva cuentas de miles de millones.. lo mismo..

así funciona el "feminismo"..

aplaudan a las 20h.. "salimos más fuertes"..



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