20120629

Medidas para los tiempos difíciles

El Gobierno, en su infinita sabiduría, toma medidas para hacer frente a los tiempos difíciles que se avecinan..

El Supremo fuerza al Gobierno a subir la bombona de butano un 19% - elEconomista.es

El Tribunal Supremo ha dado un giro de 180 grados a la fijación de los precios del butano al tumbar la fórmula con la que se calculaba, y fuerza al Gobierno a tener que aplicar una subida del 19,3 por ciento para la botella en la revisión que entra en vigor la próxima semana.

El problema es que esta sentencia aún no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado, con lo que el Ministerio de Industria deja en el aire el porcentaje que finalmente aplicará a la bombona, ya que la fórmula que ha tumbado el Alto Tribunal fijaba un aumento de sólo el 5,8 por ciento para el mes de julio, tal y como adelantó elEconomista.

El recurso fue interpuesto por la Asociación Española de Operadores de Gases Licuados del Petróleo (AOGLP) el 26 de noviembre de 2009, contra la orden 2608/2009 que actualizó el sistema de determinación automática de precios máximos de venta del butano.

La sentencia, con fecha del 5 de junio, a la que tuvo acceso elEconomista, anula esta fórmula de cálculo que introduce un nuevo término, con la letra griega lambda, que toma como referencia para la revisión los niveles históricamente bajos de abril y mayo de 2009.

El término de la fórmula amortigua las fuertes subidas en el precio de la bombona relacionadas con el encarecimiento de la materia prima en los mercados internacionales, al tiempo que traslada sin correcciones los abaratamientos que se produzcan.

El director general de la AOGLP, José Luis Blanco, explicó a elEconomista que desconoce qué va a hacer el Gobierno ante la inminente revisión, aunque tampoco descarta que eluda publicar en el corto plazo la sentencia en el BOE y aplicar la subida del 5,8 por ciento establecida, alegando que la sentencia aún no está en vigor.

En cualquier caso, con la revocación de la norma que recoge el término lambda, la Asociación apunta que se impone la norma anterior, con la que la bombona tendría que subir en total unos 3 euros, es decir, por encima de los 18 euros, frente a los 16,40 que fija la fórmula del lambda.

Blanco insiste en que desde la Asociación "no sacan pecho por esta sentencia" hasta que no se haga vigente y lamentan que la revisión de la bombona de butano sea siempre "una cuestión política que genera pérdidas millonarias a los operadores".

En concreto, AOGLP lamenta que la fórmula se ha disfrazado como una variable que introduce estabilidad, pero no hace más que condicionar el 60 por ciento del precio a niveles extraordinariamente bajos.

Por contra, Blanco apunta que con una correcta aplicación de los precios y la cotización actual de las materias primas incluso podría bajar el precio de la bombona. Para el director general de la AOGLP, Industria ha forzado un caso de dumping al obligar a los operadores a "vender a bajo coste" con el argumento de "ayudar al consumidor". En un momento donde todos los bienes se encarecen, AOGLP asegura que la contención de subidas aplicada por Industria no beneficia al consumidor, que apenas experimenta un ahorro mínimo, sino que lo perjudica en la medida en que "las empresas no pueden invertir ni crecer ni innovar ni llegar a todos los sitios".
Posibilidad de indemnizaciones

Además, las sucesivas modificaciones en contra del sector del marco legal desde 1992 pueden haber tenido un efecto negativo para los operadores, que ronda ya los 700 millones de euros. En todo caso, la demanda ante el Supremo pide que se anule la orden ministerial, pero no exige indemnizaciones. Eso sí, la sentencia deja abierta la puerta a que los diferentes operadores exijan que se les reconozcan las pérdidas de los últimos tres años.

Además, el Alto Tribunal apunta al "acusado componente de carácter social" en las fluctuaciones de precio, aunque también dice que ello no deberá implicar la insuficiencia del precio máximo regulado administrativamente.

Así, y teniendo en cuenta los documentos de Industria, de la CNE y de Boston Consulting Group, la sentencia apunta a que "la fórmula ocasiona pérdidas a las empresas operadoras del sector en la medida que introduce un desfase entre costes incurridos e ingresos procedentes de la venta del producto al consumidor, pérdidas cuya recuperación no está garantizada".

También incide en que el Estado no puede exigir que los suministros se hagan a precios que no cubran los costes a lo largo de periodos prolongados, ya que agrava la falta de competencia en el mercado.

Por último, la resolución judicial apunta que la protección de los consumidores vulnerables no tiene por qué implicar la venta a pérdidas de los operadores.

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