La Audiencia obliga a una avilesina a devolverle a su ex marido 10.200 euros de la pensión
- La Audiencia obliga a una avilesina a devolverle a su ex marido 10.200 euros de la pensión
- La mujer y su hijo recibían del hombre la manutención a pesar de que ella tenía otra relación marital desde hace 20 años y de que el joven trabaja desde 1996.
La pareja se separó en el año 1987. Tras la ruptura, se acordó que el hombre tenía que pasarles mensualmente a su mujer y a su hijo el cuarenta por ciento de su sueldo en concepto de pensión alimentaria y compensatoria. Así se hizo durante varios años, pero mientras tanto la mujer inició otra relación de convivencia y tuvo otra hija. Además, el hijo del ahora beneficiado por la sentencia de la Audiencia comenzó a trabajar y a ganarse un sueldo en 1996. Cuando se dio cuenta de la situación, hace unos ocho años, el hombre, que residía en Tarragona, dejó de pagarles. No obstante, en 2010 quiso formalizar el divorcio y su ex mujer y su hijo aprovecharon el trámite legal para denunciarle y reclamarle legalmente la pensión de los últimos cinco años, el máximo que permite la ley. El Juzgado número 1 de Avilés dictó sentencia a favor de la mujer y obligó al hombre a pagar 21.346 euros en concepto de pensiones y 6.400 por las costas y los intereses generados por el paso del tiempo. Él le pagó a su ex mujer y a su hijo 10.205 euros en metálico, pero el juez le embargó un piso para cubrir el resto de la cuantía.
El representante legal del afectado, Antonio Díaz Solís, del despacho ADS Abogados de Familia, presentó entonces el recurso de apelación que ahora ha estimado la Audiencia Provincial y que deja sin efecto la sentencia del Juzgado avilesino. Contra esta resolución también cabe recurso de casación.
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