pues a ver lo que tarda en salir la religión que impida pagar impuestos.. todo sea por el derecho a la libertad y tal.. hispanistán tiene al enemigo dentro.. y no es Toni Cantó..
El Supremo tumba la prohibición del velo integral en Lleida
El Tribunal Supremo ha declarado nula la prohibición de que las mujeres
lleven el burka o velo integral en los espacios públicos, que acordó el
Ayuntamiento de Lleida en octubre de 2010.
En una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo,
el Alto Tribunal afirma que esa medida "vulnera el artículo 16 de la
Constitución", que garantiza el derecho a la libertad religiosa, y
considera que "la prohibición del velo integral constituye una
limitación del ejercicio de la libertad religiosa".
El Supremo ha anulado, así, la ordenanza del Ayuntamiento de Lleida que
prohibía el velo islámico y otras prendas que oculten el rostro, como el
burka, en sus edificios municipales, al entender que su uso no perturba
la seguridad ciudadana ni la medida sirve para proteger la igualdad de
la mujer. Es la primera vez que el Alto Tribunal se pronuncia sobre la
prohibición del burka.
El TS revoca, así, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de
Catalunya (TSJC) que avaló la ordenanza municipal de Lleida por la que
se acordó esa prohibición, al estimar el recurso que contra esta
resolución interpuso la asociación musulmana Watani.
El consistorio carece de competencias
La sentencia del TS añade además en su escrito de resolución que la
Paeria carece de competencia para regular una limitación del ejercicio
del derecho fundamental referido (el de libertad religiosa) para lo que
es necesaria la previa existencia de una ley.
La resolución también cita la existencia en España de una moción
aprobada en el Senado, en la sesión del 23 de junio de 2010, instando al
Gobierno para que se regule la prohibición del uso de velo integral en
los espacios públicos. Y que, sin embargo, hasta el momento el
legislador no ha elaborado ninguna ley al respecto.
También cita la existencia de una recomendación de la Asamblea
Parlamentaria del Consejo de Europa del 23 de junio de 2010 que
recomienda a los Gobiernos que no prohiban el uso del velo islámico.
Asimismo, se llama la atención en el escrito del TS sobre el riesgo de
que la prohibición analizada pueda producir el "efecto perverso" de
negarle la integración en los espacios públicos a la mujer a la que se
pretende proteger.
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