20130514

Fomento remite a un pasajero a Irlanda para reclamar contra Ryanair

pues si alega que no tiene competencia, mejor cerrar Aviación Civil, porque total cobrar por no hacer nada, también es tontería..


Fomento remite a un pasajero a Irlanda para reclamar contra Ryanair

Aviación Civil reconoce el derecho del viajero a cobrar 400 euros por un retraso pero alega que no tiene competencia.

El informe oficial de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Aesa) da la razón punto por punto a la reclamación efectuada por el pasajero –un trabajador vallisoletano– de un vuelo de Ryanair que llegó a su destino final con más de diez horas de retraso. La compañía irlandesa, según concluye dicho documento, debe indemnizarle con 400 euros. Pero el afectado, P. C., no ha visto aún ni un céntimo año y medio después de realizar el viaje.
«Resulta que Aesa me da la razón en todo, pero luego me dice que no tiene competencias para obligar a la empresa a pagar y que si quiero cobrar debo acudir a los tribunales de Irlanda al tener allí su sede Ryanair», resume la propia víctima antes de reconocer que da por perdida la indemnización al entender que le «costaría más dinero denunciar los hechos en Dublín que los 400 euros».

Y eso después de año y medio de peregrinación por distintos estamentos para reclamar la citada compensación por el retraso del vuelo de vuelta de la compañía irlandesa que le debía traer de Lanzarote a Madrid el 10 de febrero del 2012 al término de un viaje de trabajo. «El avión debía salir a las 12:55 y acabó despegando a las seis, luego se supone que iba a venir a Valladolid en el AVE, pero perdí el último y acabé llegando a casa a las tres de la mañana en un tren», recuerda P. C., que intentó hacer su primera reclamación en la ventanilla de la compañía, pero allí le dijeron que «solo son una empresa intermediaria que vende los billetes para Ryanair». Así que la queja peregrinó después por Consumo en Valladolid, luego en Madrid, de allí pasó a ‘Consumo Europeo’ y, al final, recaló en Aviación Civil –la Agencia Estatal de -Seguridad Aérea del Ministerio de Fomento–.

Tres horas y 1.500 kilómetros

El expediente de Aesa se abrió el 29 de junio de 2012 y la respuesta, en la que daban la razón al usuario, llegó casi un año después. La agencia reconoce literalmente que «la compañía debe abonarle una compensación de 400 euros al acumular más de tres horas de retraso en un vuelo de más de 1.500 kilómetros (1.574)», ya que la compañía no acreditó que los motivos que causaron dicho retraso –una avería en la aeronave– «fueran extraordinarios».

Pero la propia agencia española aclara después que «la acción para solicitar la indemnización debe suscitarse ante los tribunales del estado en el que tenga su domicilio el transportista (Irlanda)», ya que Aesa carece de «competencia alguna en el contrato privado de transporte».

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