una inútil (con todas las letras).. Derecho no es que sea una ingeniería (y en una ingeniería tampoco hay cuatro años para terminar primero.. al segundo, a la calle) y cuando sobran licenciados en todo.. apunten el nombre porque dentro de poco será una política con responsabilidades y muchos sueldos.. porque apunta maneras..
disfruten lo votado..
Anulan su pensión alimenticia porque en 4 años no ha terminado primero de derecho
La madre de una mujer que ha cumplido los 29 años de edad no estará
obligada a partir de ahora a seguir pagándole una pensión por alimentos
de 120 euros al mes porque, a los cuatro años de iniciar la carrera de
Derecho, tiene todavía pendientes asignaturas de primer curso, según la
sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia de la que
informa Efe.
La sentencia confirma otra dictada por el Juzgado de Familia de Murcia,
que estimó la demanda presentada por la madre, con la oposición del
padre, y que consideró que era procedente poner fin a la obligación del
pago de la pensión por la falta de aplicación y de aprovechamiento en
los estudios.
La Audiencia indica que "la obligación alimenticia de los padres
respecto a los hijos mayores de edad no puede prolongarse
indefinidamente en función solo de los deseos del hijo en la ampliación
de su formación y, aún en mayor grado, cuando esa mayor formación ofrece
reiteradamente resultados negativos derivados de una falta de
esfuerzo".
Señala el tribunal que "consta acreditado que en el curso 2012-2013 se
ha matriculado de asignaturas del primer curso y de varias de segundo de
Derecho, carrera que comenzó a cursar en el año 2008, lo que pone de
manifiesto ese deficiente y, en definitiva, nulo aprovechamiento e
interés de la hija".
La sala añade que esa situación no puede quedar neutralizada por las
alegaciones expuestas por el padre al recurrir la sentencia del Juzgado
de Familia, en las que planteó que ese escaso rendimiento académico se
debía al cambio del plan de estudios y a los problemas familiares
derivados de la separación del matrimonio.
No hay comentarios:
Publicar un comentario