20131126

La pianista de Puigcerdà, absuelta por falta pruebas

la Audiencia viene a lamentar la "pena de banquillo" sobre los acusados, y el derroche de medios públicos (que no son gratis, precisamente) para un caso de "limitada entidad y complejidad técnica",

la sentencia también dice que no se ha probado la relación causa-efecto entre el sonido del piano, y las supuestas lesiones psíquicas de la vecina..


evidentemente los recursos dedicados a criminalizar la pianista no se dedicaron a perseguir la corrupción, el nepotismo y el despilfarro.. que parece que no importan.. al mismo tiempo que nadie se tiene que enfadar, y todos tan amigos.. porque "la crisis vino de fuera" y "ya estamos en la senda de la recuperación".. pues nada..

disfruten lo votado..


La pianista de Puigcerdà, absuelta por falta pruebas

Se enfrentaba a 7,5 años de cárcel por molestar a una vecina que la denunció por ruidos.

La Audiencia de Girona ha absuelto a la pianista de Puigcerdà Laia M., que se enfrentaba junto a sus padres a una pena de siete años y medio de prisión -luego rebajada a 20 meses- que pidió la Fiscalía por los delitos contra el medio ambiente por contaminación acústica y un supuesto delito de lesiones psíquicas.

Laia M. fue denunciada por una vecina porque le molestaba el sonido constante del piano, y pidió la baja laboral por lesiones psíquicas como ansiedad, alteraciones del sueño y episodios de pánico. La Fiscalía consideró que la pianista e intérprete, que entonces tenía 26 años y que cursaba estudios oficiales de música, tocaba el instrumento en 2003 en su domicilio cinco días por semana, de 9.00 a 13.00 y de 14.00 a 18.00 horas, sin que la sala donde ensayaba estuviera insonorizada.

Sin embargo, ahora la Audiencia en su relato de lo sucedido confirma que los padres de la pianista "no desatendieron los requerimientos" del Ayuntamiento para insonorizar la vivienda: en 2005 hicieron varias obras en la habitación donde estaba el primer piano y en 2007, tras comprar el segundo, insonorizaron el instrumento colocando mantas acústicas. Además, la sentencia considera que no ha quedado acreditado "que exista una relación directa, de causa-efecto, entre las inmisiones acústicas producidas por los acusados" y los trastornos de la vecina.

Pena de banquillo

"El Tribunal considera que en este proceso se ha disparado contra todo lo que se movía, por elevación y con pólvora de rey", entre otras cosas por la absoluta falta de fundamento de las acusaciones contra los padres que, según la Audiencia, han sido sometidos a una pena de banquillo injusta e injustificada durante un proceso que ha durado años.

La Audiencia también carga contra la "inadecuada" calificación provisional de la Fiscalía y las penas solicitadas inicialmente que ve desprorcionadas: el Ministerio Público pidió inicialmente siete años y medio de cárcel -a lo que se sumó la acusación- para cada uno de los acusados aunque luego lo rebajó a 20 meses.

Esta petición es la que ha provocado "la presencia de numerosos medios de comunicación en el acto de la vista y la difusión del caso a nivel nacional" y que fuese juzgado por la Audiencia, mientras que si hubiese habido una calificación más ponderada la vista sería en un juzgado de lo penal. Lamenta además que para "un asunto de tan limitada entidad y complejidad técnica" se haya necesitado tanto tiempo, la intervención de la Audiencia y cuatro días de juicio, entre otros medios desplegados.

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