¿Sólo 7 años de cárcel por facturar millones por servicios que nunca se prestaron? ¿Estamos de broma?
Primero deberían devolver lo cobrado indebidamente, aunque lo perdieran todo, ellos y sus familiares directos.. y luego a limpiar monte.. así seguro que se les pasaban las ganas..
disfruten lo votado..
'Caso Minutas': El Supremo condena a siete años de cárcel a Del Nido y a Julián Muñoz por el 'caso Minutas'
El Tribunal Supremo ha condenado a 7 años de cárcel al presidente del
Sevilla, José María del Nido, y al exalcalde de Marbella, Julián Muñoz,
por el 'caso Minutas'. El alto tribunal confirma en lo esencial la
sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Málaga, reiterando
que Del Nido facturó millones de euros al consistorio marbellí por
servicios jurídicos que nunca se prestaron, rebajando en medio año su
condena al retirarle el delito de fraude.
El Tribunal Supremo ha condenado a 7 años de prisión al presidente
del Sevilla, José María del Nido, y al exalcalde de Marbella, Julián
Muñoz, por el 'caso Minutas'. Los jueces del alto tribunal consideran
probado que Del Nido estuvo facturando millones de euros al consistorio
marbellí entre 1999 y 2003 por servicios jurídicos que nunca llegó a prestar, y confirman que tanto él como Julián Muñoz incurrieron en delitos de malversación y prevaricación.
Esto significa que el presidente del Sevilla tendrá que ingresar en
prisión a menos que presente un recurso de amparo ante el Tribunal
Constitucional y el Supremo decida suspender de forma cautelar la
ejecución de esta sentencia, algo que no es habitual en condenas
superiores a los cinco años de cárcel.
La sentencia confirma en lo esencial lo que ya dictó la Audiencia Provincial de Málaga, aunque rebaja en medio año la condena
impuesta por retirarles el delito de fraude que también se les
atribuía. Las condenas impuestas a Del Nido y a Muñoz incluyen acarrean
también inhabilitación para ejercer el cargo público: diez años para el
exalcalde y cinco y medio para Del Nido.
El Tribunal Supremo
rechaza los argumentos de la Fiscalía, que buscaba ampliar la condena de
Del Nido por entender también que incurrió en un delito de falsedad
documental por creer que los formularios que crearon las minutas que
cobró eran también irregulares. También desestiman los jueces la
pretensión de la Fiscalía de condenar a Del Nido por deslealtad
profesional: el Ministerio Público pretendía aumentar su condena porque
mientras él defendía al Ayuntamiento de Marbella, abogados de su mismo
despacho ejercían la defensa de los supuestos responsables.
Minutas "irregulares, innecesarias, improcedentes e injustificadas"
El Tribunal Supremo no
tiene dudas de que fue Julián Muñoz, en calidad de teniente de alcalde
de Marbella, quien consiguió que Del Nido cobrar estas minutas de
forma irregular: "Dictó resoluciones lógicamente prevaricadoras que
planificadamente pretendían encubrir con minutas irregulares,
innecesarias, improcedentes e injustificadas, un expolio al Ayuntamiento
de Marbella". Todo esto, al contrario de lo que defendía Muñoz, "sin
ningún condicionamiento por parte de Jesús Gil", pretendiendo el
condenado parecer un mero instrumento en manos del fallecido, algo que
el Supremo desestima de plano. Sobre la responsabilidad de Jesús Gil,
los jueces conceden que "es indudable que el marco para efectuar el
expolio del consistorio fue obra en todo o en parte de Jesús Gil", pero
igualmente señala que no se le puede atribuir todo el protagonismo.
"Ingente arsenal probatorio"
La
implicación de los condenados en los hechos no es algo que merezca
dudas ante el Tribunal Supremo: los jueces hablan en todo momento del
"ingente arsenal probatorio" del que se valen la Fiscalía y la sentencia
recurrida. En cuanto al delito de fraude, del que absuelven tanto a
Julián Muñoz como a José María del Nido, el Tribunal Supremo considera
que su condena ya se encuentra incluida en el de malversación: "Es obvio
que si el concierto es para malversar, ello ya implica un concierto
para defraudar, que constituye la esencia del delito del fraude".
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