Mercadona y El Corte Inglés, detrás de la nueva reforma del Código Penal
La Asociación Española de Codificación Comercial (AECOC) se fundó en
1977 y sus empresas asociadas representan aproximadamente el 20% del
Producto Interior Bruto nacional. Mercadona, El Corte Inglés, Coca Cola,
Caprabo, Fnac, Carrefour y Mango son algunas de las 30 grandes empresas
de AECOC que, a través del Comité de Prevención de Pérdida, tienen como
una de sus finalidades presionar a las administraciones y hacer lobby
para que sus exigencias empresariales se hagan ley. En lo que llevamos
de año, varias reformas legales han seguido el camino señalado por las
empresas de Juan Roig (Mercadona) o Isidoro Álvarez (El Corte Inglés):
la reforma del Código Penal, que ha convertido el hurto en delito; la
Ley de Seguridad Privada, que ha atribuido mayores poderes a los
vigilantes y les concede estatus de autoridad; la Ley de Seguridad
Ciudadana, que penaliza desobedecer a dicha autoridad; y la ordenanza
municipal de Madrid, que prohíbe la mendicidad junto a los
supermercados.
Las empresas de distribución sufren unos 130.000 hurtos al año, según
fuentes del sector. De ellos, sólo se denuncia un 18%, ya que se
considera que con la ley actual no compensa interponer una denuncia por
la escasez de resultados. Es por ello que las modificaciones de la Ley
de Seguridad Privada y la inclusión del hurto como delito en el Código
Penal ayudará a paliar uno de los problemas del sector.
Las declaraciones del secretario de Estado de Seguridad, Francisco
Martínez, el pasado 11 de diciembre, –en las que reconocía que la Ley de
Seguridad Privada pretendía ayudar al sector de la seguridad privada,
abriendo nuevos mercados y posibilidades de negocio– dejaban fuera de
duda que habían prestado atención a las exigencias que el lobby de las
distribuidoras realiza desde hace muchos años. AECOC ha tenido un papel
muy activo en la concesión del rango de autoridad a los vigilantes
privados, lo que les permite detener e identificar, así como en la
atribución de nuevas competencias en materia de orden público para los
vigilantes de polígonos y áreas comerciales. Durante 2012, AECOC mantuvo
reuniones con las direcciones generales de los Mossos d’Esquadra,
Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía para explicar la labor que se
está desarrollando a través del Comité de Prevención de Pérdida y
establecer vínculos de participación entre la esfera pública y la
privada en materia de seguridad.
Ferran Masip, miembro del Comité de Prevención de Pérdida de AECOC y del
Comité de Seguridad de la Asociación Española de Distribuidoras,
Autoservicios y Supermercados (ASEDAS), en la que figuran como miembros
importantes Mercadona y Día, ya expresaba en junio de 2012 la necesidad
de otorgar mayores poderes a los vigilantes de seguridad. “Permitamos
que los vigilantes de seguridad sean ‘agentes de la autoridad’, como lo
fueron antes de la modificación de la Ley en 1995, en las empresas,
organismos y entidades en los que por su quehacer diario se considere
necesario”. Finalmente, la medida ha sido recogida en la Ley de
Seguridad Privada: el artículo 31 dice que “se considerarán agresiones y
desobediencias a agentes de la autoridad las que se cometan contra el
personal de seguridad privada debidamente identificado con ocasión o
como consecuencia del ejercicio de sus funciones”.
En el seminario de AECOC sobre la prevención de pérdida que se celebró
en Madrid en noviembre y que contó con la presencia del secretario de
Estado de Justicia, se abordaron las nuevas reformas y su incidencia en
el sector. El catedrático de Derecho de la UCM Jesús Zarzalejos declaró
que el interés de AECOC “no se agota con la reforma del Código Procesal
Penal, sino que se busca un procedimiento más ágil y eficiente. Por
ello, para lograr el sistema integral de seguridad en el comercio, se
necesita la reforma procesal junto a la modificación de la Ley de
Vigilancia, y realizar enmiendas al proyecto de Ley de Seguridad
Privada”. Esta reforma legal, aprobada con los votos de PP, PNV y CiU,
recoge todas las exigencias relativas al modo de actuación de los
vigilantes de seguridad, ya que les permitirá detener a quienes cometan
un hurto al estar ya considerado un delito.
El hurto como delito
Uno de los preceptos de la asociación empresarial es detectar
oportunidades de mejora a través de comités, que funcionan como
verdaderos lobbys. Uno de estos es el Comité de la Prevención de Pérdida
Desconocida. Este grupo de presión tiene, entre otros muchos cometidos,
el de intentar trasladar a la opinión pública y al Gobierno sus
exigencias en lo relativo a la penalización del hurto, ya que, en 2009,
el 93% de las empresas de AECOC consideraba que el Código Penal era muy
laxo con el hurto. Uno de los puntos referidos al hurto dice así: “Al
igual que en el hurto interno, en el caso de los hurtos ocasionados por
los clientes debemos extremar las precauciones a la hora de establecer
conexiones entre éstos y determinadas etnias, clases sociales, etc… A
pesar de que existan datos fiables que revelen la existencia de grupos
poblacionales de mayor riesgo, es fácil que alguna declaración o
comentario pueda ser malinterpretado adquiriendo carácter xenófobo o
clasista”.
El lobby empresarial lleva muchos años pidiendo a la administración la
inclusión del hurto como un delito, tal y como reconoce en su memoria de
2012. En ella, AECOC indica que desde el Comité de Prevención de
Pérdida se han mantenido reuniones con el Ministerio de Justicia, la
Fiscalía General del Estado y el Consejo General del Poder Judicial para
que se incluyesen sus peticiones en el Anteproyecto de Reforma del
Código Penal.
AECOC recoge en su memoria como un logro del año la inclusión del hurto
como delito en el código penal: “AECOC consigue trasladar sus propuestas
para que sean recogidas en el Anteproyecto de Reforma con el fin de
conseguir un endurecimiento de las penas por este tipo de acciones y de
frenar la reincidencia”.
La estrecha colaboración con el Ministerio de Justicia quedó patente
cuando, en el XV Seminario AECOC de Prevención de Pérdida celebrado en
2012, el secretario de Estado de Seguridad, Ignacio Ulloa, se expresó en
los términos exigidos por la asociación empresarial. Ulloa transmitió
ante los empresarios la convicción del Gobierno para que el hurto dejara
de figurar como una falta y fuera incluido en el Código Penal como
delito, independientemente del valor del producto sustraído. Ulloa
defendió que el hurto era una “acción criminal” que estaba siendo
abordada desde una concepción garantista.
En su proyecto de Ley Orgánica, el Gobierno incluyó la supresión de las
faltas por infracciones contra el patrimonio. Así pues, todos los
supuestos, incluido el hurto, pasan a ser delitos y a estar castigados
con penas de entre 6 y 18 meses de cárcel, incluyendo como atenuante la
situación económica cuando el valor de lo sustraído no supere los 1.000
euros.
Mendicidad y prostitución en la puerta del súper
No sólo en lo relativo a la seguridad privada y a la modificación del
Código Penal han sido sensibles las administraciones públicas con estas
grandes empresas. El borrador de la ordenanza de convivencia del
Ayuntamiento de Madrid recoge en su artículo 10.2 que “no se permite
ejercer la mendicidad en las entradas y salidas de centros educativos,
de atención social, hospitales, establecimientos comerciales y
empresariales”. Según una información de Quico Alsedo en El Mundo, un
abogado de Mercadona agradeció en una reunión celebrada en Madrid con
Carlos Martínez Serrano, coordinador de Asuntos Sociales del
Ayuntamiento, la inclusión de este punto, debido al supuesto perjuicio
que la mendicidad ocasiona en sus establecimientos, dada la existencia
de una mendicidad organizada muy dolosa. El representante de Mercadona
llegó a pedir al Ayuntamiento un cambio en la ley en lo relativo a la
prostitución: “Querríamos que en la norma que lo persigue se dijera no
sólo centros comerciales, sino establecimientos, porque los centros son
un tipo de establecimiento comercial, un tipo muy definido, y no
queremos que se excluya al pequeño ni mediano comercio”.
El modelo de seguridad que se ha instaurado con estas modificaciones es
el que lleva persiguiendo AECOC desde hace años. Gracias a la nueva Ley
de Seguridad Privada, el Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana,
un vigilante privado podrá detener, cachear e identificar a un
sospechoso de haber sustraído una barra de pan. El ciudadano que lo
desobedezca por saberse inocente será sancionado con una multa de 1.000 a
30.000 euros, según la nueva Ley de Seguridad Ciudadana.
La labor del lobby de AECOC se rige por un un decálogo de comunicación
que recomienda, entre otras cosas, no ir a tertulias televisivas de
máxima audiencia.
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