20140226

Condenada por causar daños de 51.828 euros en su vivienda de Irurtzun antes de ser desalojada

la casa debía estar registrada a nombre de la empresa (embargada), así que la mujer decidió dañar la propiedad para fastidiar al hombre del que se había divorciado.. daños por más de 50000 Euros.. por lo que parece, no tiene la azotea muy bien..



Condenada por causar daños de 51.828 euros en su vivienda de Irurtzun antes de ser desalojada

La casa había sido embargada y subastada al no estar inscrita en el Registro

Una mujer, M.S.A.O., ha sido condenada a pagar una multa de 15 meses con una cuota diaria de diez euros (en total 4.500 euros) y a indemnizar con 51.828 euros a una pareja que había adquirido la vivienda de la acusada en Irurtzun a través de una subasta. Según la sentencia, la mujer, que estaba separada de su marido, atribuyó el embargo y subasta del inmueble a una maniobra de su exesposo, cuando en realidad la resolución judicial estima que desalojo se debió a que eran propietarios de la vivienda pero no estaba registrada oficialmente en el Registro de la Propiedad. Por ello, la vivienda pertenecía a una mercantil que procedió a subastarla y fue adquirida por terceras personas. Esto, entiende el juez, la enfadó tanto que causó graves daños en la misma.

Los hechos probados del fallo reconocen que la vivienda fue adquirida por la acusada y su exmarido en 2007, quienes ya en esa fecha tenían problemas matrimoniales que se consumaron con su divorcio en 2012. El exmarido apenas visitaba la casa pero la procesada poseía las llaves de la misma, guardaba objetos personales, la limpiaba y realizaba todas las gestiones inherentes a la propiedad de la misma, dice el juez. Por ello, el enterarse del procedimiento de adjudicación de su vivienda "le provocó un gran malestar ya que pensaba que todo era una maniobra de su exmarido para hacerse con la casa tras el divorcio". Así, durante septiembre de 2012 y antes del lanzamiento, la acusada "con ánimo de causar un perjuicio patrimonial, levantó buena parte del parqué flotante de la vivienda, se llevó los radiadores de la misma, desmontó y sustrajo parte de los sanitarios, sustrajo el barandado de madera de la escalera, fracturó algunos de los peldaños de la escalera, inutilizó la caldera de agua y calefacción y se llevó algunas de las puertas de la planta inferior de la casa". Todos los daños suman un total de 51.828 euros.

En la vista, un guardia civil que entró a la vivienda nada más ser desmontada declaró que "el que entró a la casa lo hizo con las llaves" y la sensación que le dio es que "no entró a robar sino a dañar y fastidiar la vivienda, porque incluso el suelo estaba levantado pero no se lo habían llevado". La procesada trató de defender que ella nunca había vivido allí pero que sí tenía acceso con las llaves, que con lo que pasó en la subasta se quedó fatal pero que ella no era la culpable de los daños y los achacó a unos operarios que habían hecho reformas años antes. El juez no la cree y argumenta que "el juzgado de paz ya constata que la acusada guardaba en la vivienda enseres de su propiedad y que iba de vez en cuando a limpiarla. Como vemos no era solo una casa comprada para invertir", relata el magistrado. El exmarido de la procesada, para el que también pedía condena la acusación particular pero que resulta absuelto, declaró que él nunca había entrado a la casa, que se llevó una sorpresa con el desalojo ya que la vivienda estaba pagada y que se enteró luego de que no estaban registradas. Reconoció que su exmujer cuando les embargaron, "pensó que todo era obra" de él.

se enfadó tanto... El juez reconoce que "por el error de la acusada y de su exmarido de no proceder a inscribir la vivienda no obtuvo la protección registral que hubiera impedido su adjudicación a los denunciantes. Por ello y en buena lógica es normal que la acusada estuviera enfada por lo que motivo tiene para realizar tan reprochable acción". Y a ello añade que, si la encausada creía que todo era una maniobra de su exmarido para dejarle sin casa, "el cóctel puede ser tremendamente objetivo".

LOS DAÑOS

Levantó el parqué y se llevó los radiadores. La acusada, según dice la sentencia, con ánimo de causar un perjuicio patrimonial, levantó buena parte del parqué flotante de la vivienda, se llevó los radiadores de la misma, desmontó y sustrajo parte de los sanitarios, sustrajo el barandado de madera de la escalera, fracturó algunos de los peldaños de la misma, inutilizó la caldera de agua y calefacción y se llegó algunas de las puertas de la planta inferior de la casa".

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