y falta que los imputados acaben con algo más que una reprimenda, o una multa simbólica a la empresa..
disfruten lo votado..
El juez imputa a 11 ex altos cargos de Adif por el accidente del Alvia en Santiago de Compostela
- Entre ellos está el director general del administrador cuando José Blanco era ministro
- Aláez también imputa al ex director de Seguridad de la Circulación Andrés Cortabitarte
- Los encuentra 'potenciales autores' de un delito contra la seguridad colectiva
- Los considera partícipes en los delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave
- Hasta ahora sólo estaba imputado el maquinista, Francisco José Garzón Amo
- Argumenta que 'han puesto en peligro a cualquier persona que viajase por la línea'
- Cuatro directivos mantienen vinculaciones en Adif actualmente
Tras el análisis de los últimos informes periciales, el juez instructor del accidente del Alvia de Santiago, Luis Aláez, ha citado a declarar como imputados a 11 ex cargos del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) por su presunta implicación en el siniestro en el que fallecieron 79 personas el 24 de julio de 2013.
Un auto dado a conocer este mediodía, al que ha tenido acceso EL MUNDO, hace una "provisional atribución de responsabilidades penales" a personas de Adif encargadas de la seguridad en la circulación ferroviaria como "potenciales autores" de un delito de contra la seguridad colectiva y partícipes en los delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave por los que hasta ahora sólo estaba imputado el maquinista del Alvia, Francisco José Garzón Amo.
El delito contra al seguridad colectiva del artículo 350 del Código Penal castiga "a los que en la apertura de pozos o excavaciones, en la construcción o demolición de edificios, presas, canalizaciones u obras análogas o, en su conservación, acondicionamiento o mantenimiento infrinjan las normas de seguridad establecidas cuya inobservancia pueda ocasionar riesgos catastróficos, y pongan en concreto peligro la vida, la integridad física de las personas o el medio ambiente".
Entre los imputados están el ex director general de Adif Antonio González Marín, que ocupó el cargo durante la época de José Blanco como ministro de Fomento y cuando se construyó la línea Ourense-Santiago en la que se produjo el accidente; antiguos vocales del Consejo de Administración; y el director de Seguridad de la Circulación del ente en el momento en el que empezó a funcionar ese tramo ferroviario, Andrés Cortabitarte López.
De los 11 citados, cuatro mantienen vinculaciones en Adif actualmente. Se trata de Andrés Cortabitarte López, Juan Carlos Cáceres Díez, Mercedes Rodríguez Arranz y Félix Díaz Martínez y deberán declarar como imputados en el Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago los días 22 y 23 de mayo. El resto de imputados (Juan Ángel Mairal Lacoma, Carlos Bartolomé Marín, Javier Hurtado Domínguez, Carlos María González Colera, Mercedes Caballero Fernández y Gerardo Luis Gavilanes Ginerés) pasará por el despacho del juez la semana siguiente, del 26 al 28 de mayo.
En el presente procedimiento el juez Aláez llego a imputar a 28 personas con responsables en Adif, entre ellos los tres últimos presidentes, pero la Audiencia Provincial de A Coruña decidió retirarles la imputación. Tras recibir cuatro de los seis informes periciales encargados y numerosa documentación remitida por las partes, el juez ha vuelto a apuntar al ente ferroviario, de tal forma que entre los ahora imputados figuran cargos de aquella primera lista.
El juez apunta como responsables de Adif a "los que idearon esa conexión ferroviaria compleja y novedosa entre las estaciones de Ourense y Santiago de Compostela y los que sancionaron su materialización y puesta en servicio" y le atribuye que la instalación de seguridad implantada en la vía para eliminar el peligro que representa la curva de Angrois "no es la exigible y adecuada con arreglo a las pautas técnicas consolidadas recogidas en la normativa del sector".
Ve en su actuación "una infracción de las normas de seguridad ferroviaria" que "ha puesto en peligro a cualquier persona que viajase por la línea" y que generó "un riesgo intolerable que a la postre se ha traducido en el descarrilamiento de un tren con desastrosas consecuencias".
No resta importancia a la actuación del maquinista, al que atribuye el "desacierto" de haber atendido una llamada telefónica del interventor del tren justo antes de la curva de A Grandeira, cuando circulaba a 192 kilómetros por hora, pero sí sostiene que de haber estado activado el sistema ERTMS, este "hubiese intervenido frenando el tren para evitar que transitase por la curva a la velocidad adecuada a la que lo hizo y, a la postre, descarrilase".
El auto aclara de forma especifica que "no se hace una crítica indiscriminada del sistema ASFA ni del nivel se seguridad que proporciona a la circulación", pues se aplica en líneas ferroviarias de toda España, sino que "pura y exclusivamente, se censura una utilización o aplicación del mismo a una determinada situación" como la que se analiza.
En opinión del juez, "debió protegerse el paso por la curva de A Grandeira con ERTMS" como sistema que supervisa de modo constante la velocidad del tren y, de no haberlo hecho, se debió suplir la ausencia de esa instalación de seguridad con señalización lateral de limitación permanente de velocidad y, además, asociar balizas ASFA a esas señales, de modo que en caso de fallo del maquinista el sistema interviniera frenando el tren.
Un auto dado a conocer este mediodía, al que ha tenido acceso EL MUNDO, hace una "provisional atribución de responsabilidades penales" a personas de Adif encargadas de la seguridad en la circulación ferroviaria como "potenciales autores" de un delito de contra la seguridad colectiva y partícipes en los delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave por los que hasta ahora sólo estaba imputado el maquinista del Alvia, Francisco José Garzón Amo.
El delito contra al seguridad colectiva del artículo 350 del Código Penal castiga "a los que en la apertura de pozos o excavaciones, en la construcción o demolición de edificios, presas, canalizaciones u obras análogas o, en su conservación, acondicionamiento o mantenimiento infrinjan las normas de seguridad establecidas cuya inobservancia pueda ocasionar riesgos catastróficos, y pongan en concreto peligro la vida, la integridad física de las personas o el medio ambiente".
Entre los imputados están el ex director general de Adif Antonio González Marín, que ocupó el cargo durante la época de José Blanco como ministro de Fomento y cuando se construyó la línea Ourense-Santiago en la que se produjo el accidente; antiguos vocales del Consejo de Administración; y el director de Seguridad de la Circulación del ente en el momento en el que empezó a funcionar ese tramo ferroviario, Andrés Cortabitarte López.
De los 11 citados, cuatro mantienen vinculaciones en Adif actualmente. Se trata de Andrés Cortabitarte López, Juan Carlos Cáceres Díez, Mercedes Rodríguez Arranz y Félix Díaz Martínez y deberán declarar como imputados en el Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago los días 22 y 23 de mayo. El resto de imputados (Juan Ángel Mairal Lacoma, Carlos Bartolomé Marín, Javier Hurtado Domínguez, Carlos María González Colera, Mercedes Caballero Fernández y Gerardo Luis Gavilanes Ginerés) pasará por el despacho del juez la semana siguiente, del 26 al 28 de mayo.
En el presente procedimiento el juez Aláez llego a imputar a 28 personas con responsables en Adif, entre ellos los tres últimos presidentes, pero la Audiencia Provincial de A Coruña decidió retirarles la imputación. Tras recibir cuatro de los seis informes periciales encargados y numerosa documentación remitida por las partes, el juez ha vuelto a apuntar al ente ferroviario, de tal forma que entre los ahora imputados figuran cargos de aquella primera lista.
El juez apunta como responsables de Adif a "los que idearon esa conexión ferroviaria compleja y novedosa entre las estaciones de Ourense y Santiago de Compostela y los que sancionaron su materialización y puesta en servicio" y le atribuye que la instalación de seguridad implantada en la vía para eliminar el peligro que representa la curva de Angrois "no es la exigible y adecuada con arreglo a las pautas técnicas consolidadas recogidas en la normativa del sector".
Ve en su actuación "una infracción de las normas de seguridad ferroviaria" que "ha puesto en peligro a cualquier persona que viajase por la línea" y que generó "un riesgo intolerable que a la postre se ha traducido en el descarrilamiento de un tren con desastrosas consecuencias".
Más seguro el proyecto inicial
La imputación se sustenta en informes periciales que coinciden en que si Adif hubiese mantenido las condiciones de seguridad diseñadas en el proyecto inicial de la línea, "el accidente nunca habría tenido lugar". El juez concluye, como ellos, que "sin duda" el escenario contemplado en el proyecto original "es más seguro", centrándose en la cobertura del sistema de seguridad europeo ERTMS, pues en el diseño inicial alcanzaba hasta la estación de Santiago, pero en julio de 2010 Adif lo modificó y ocho kilómetros antes (a cuatro kilómetros del lugar del accidente) fue sustituido por el sistema ASFA, decisión que "ha sido determinante de lo ocurrido el día 24 de julio de 2013".No resta importancia a la actuación del maquinista, al que atribuye el "desacierto" de haber atendido una llamada telefónica del interventor del tren justo antes de la curva de A Grandeira, cuando circulaba a 192 kilómetros por hora, pero sí sostiene que de haber estado activado el sistema ERTMS, este "hubiese intervenido frenando el tren para evitar que transitase por la curva a la velocidad adecuada a la que lo hizo y, a la postre, descarrilase".
El auto aclara de forma especifica que "no se hace una crítica indiscriminada del sistema ASFA ni del nivel se seguridad que proporciona a la circulación", pues se aplica en líneas ferroviarias de toda España, sino que "pura y exclusivamente, se censura una utilización o aplicación del mismo a una determinada situación" como la que se analiza.
En opinión del juez, "debió protegerse el paso por la curva de A Grandeira con ERTMS" como sistema que supervisa de modo constante la velocidad del tren y, de no haberlo hecho, se debió suplir la ausencia de esa instalación de seguridad con señalización lateral de limitación permanente de velocidad y, además, asociar balizas ASFA a esas señales, de modo que en caso de fallo del maquinista el sistema interviniera frenando el tren.
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