20140714

Condenada a cinco años una mujer despechada que quemó el coche y la moto de su exnovio”

sólo 5 años de condena por daños múltiples (no sólo el coche y la moto del titular.. afectó a todos los vecinos del parking y los que vivían en los pisos.. daños por "decenas de miles de Euros" (sic) que está por ver si pagará,

y por lo que parece, es muy curioso que se trata de un incendio inmenso que "no pone en peligro la vida humana" (sic)..  los bomberos (que tuvieron que ir a arreglar lo que ella había provocado) no importan.. son hombres, y por lo que se desprende de la sentencia, "prescindibles"..

si el agresor fuera hombre lo habrían condenado a penas muy superiores, por intento de homicidio a todo el bloque.. 45 vecinos..

ahora falta por ver cuánto tiempo pasará en prisión.. si es que no sale antes por "buena conducta", o incluso por un indulto.. recordemos que es una mujer, y por lo tanto "víctima" de una "sociedad falocrática heterosexual y discriminadora"..

disfruten lo votado..


Condenada a cinco años una mujer despechada que quemó coche y moto de exnovio

Condenada a cinco años una mujer despechada que quemó el coche y la moto de su exnovio”

El Supremo ha confirmado la condena a cinco años de cárcel que la Audiencia de Barcelona impuso a una mujer, Marina C.S., por un delito de incendio cometido cuando, después de que su novio rompiera la relación, prendió fuego al vehículo de marca Audi y la moto Suzuki de éste.

Marina mantuvo una relación con Antonio durante diez años que él decidió romper, algo que ella no aceptó, hasta el punto de que meses después de la separación seguía llamándole.

Así, un 15 de mayo de 2012 le llamó a su domicilio y cuando él le dijo que no quería reanudar la relación y que no siguiera acosándole, ella se alteró hasta el punto de acudir, esa madrugada, a una gasolinera de Barcelona, donde compró cinco litros de gasolina.

Después se dirigió al parking donde su expareja guardaba los citados vehículos, en Hospitalet de LLobregat.


Allí roció la moto y el coche del líquido inflamable y los incendió, lo que provocó que el fuego se extendiera rápidamente por las dos plantas del aparcamiento comunitario, lo cual obligó a intervenir a los bomberos y, hacia las 3 de la madrugada, a desalojar a 45 vecinos, que pudieron volver a sus casas cerca de una hora más tarde, mientras que las llamas quedaron sofocadas poco tiempo después.

El fuego causó daños graves en numerosos vehículos, a cuyos dueños debe indemnizar la condenada por un valor total de decenas de miles de euros.

El fiscal recurrió ante el Tribunal Supremo -no así la condenada- solicitando un agravamiento de la pena, pero el alto tribunal rechaza esta petición.

Lo más habitual es que el fuego provoque peligro para la vida humana, señala el Supremo en respuesta al fiscal antes de añadir que, en el caso enjuiciado, "el peligro para la vida estaba constituido por la potencial afectación a los pisos superiores al parking, especialmente por el peligro de derrumbamiento o imposibilidad de escape".

"Pero fuera de ello, consta que el desalojo fue por pura precaución y que no se causó ningún daño a las viviendas ni lógicamente tampoco lesión física a ningún vecino y que ni siquiera el humo se extendió por las escaleras del edificio", dice también el alto tribunal.

Por esta razón, "atendidas las circunstancias del hecho", el peligro causado fue de menor entidad y, por tanto, no cabe agravar la pena como pedía el fiscal, concluye el Supremo.

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