al parecer tiró un ladrillo porque estaba "guiada por un ánimo de menoscabar la propiedad
ajena" (sic).. que la ventana de la vivienda donde tiró el ladrillo fuera del exmarido no tiene nada que ver, y que casualmente el marido estuviera dentro de la vivienda, tampoco..
"diciéndole en repetidas ocasiones que le iba a matar".. hechos que se repitieron a la tarde siguiente, con un martillo en la mano.. evidentemente ésto para el tribunal será "enajenación mental transitoria" (sic) de ahí lo ridículo de la condena.. aunque a ojos de la calle puede parecer premeditación (y plena consciencia de lo que se está haciendo),
encima la acusada presentó un recurso.. seguro que alegando la "enajenación mental transitoria", claro.. y con esas luces no le retiran la custodia.. curioso..
si el que hubiera lanzado el ladrillo hubiera sido el hombre, inmediatamente se lo habrían llevado al calabozo, y habría sido culpable de "violencia de género", habrían revisado la custodia compartida, y hubiera abierto todos los informativos..
como la agresora es mujer, entonces se pone una multa ridícula.. y miramos para otro lado.. porque la ley "es igual para todos"..
disfruten lo votado..
Condenada por lanzar un ladrillo a la casa de su exmarido y dar martillazos contra la puerta
La mujer tendrá que indemnizar a su expareja con 939 euros, además de
abonar varias multas por los delitos de daños, otro de amenazas y una
falta de daños
Estaba en el salón de su casa con un amigo, cuando un estruendo acabó con
la calma. Era su exmujer que había arrojado un ladrillo contra su
vivienda, la misma persona que al día siguiente provocaría daños en su
coche y golpearía la puerta del domicilio con un martillo.
Así lo considera probado la Sección Tercera de la Audiencia Provincial
de Málaga, que ha ratificado una condena contra esta acusada, en la que
se le encuentra culpable de los delitos de daños y amenazas, así como de
una falta de daños.
Los hechos ocurrieron el 3 de noviembre de 2011. Entonces el denunciante
se encontraba en su casa. No muy lejos, concretamente en la vivienda
contigua y adosada vivía su exmujer, de la que se divorció unos meses
antes, después de estar casados durante cinco años.
Según se explica en la sentencia de la Audiencia Provincial, que
ratifica la resolución del Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga en la
que se condenó a la acusada, el suceso tuvo lugar por la tarde. Se
explica que la acusada, guiada por un ánimo de menoscabar la propiedad
ajena, arrojó desde la terraza de su casa un ladrillo y un vaso que
impactaron en el cristal del ventanal del salón de la víctima,
rompiéndolo y provocando unos daños que fueron tasados en 287 euros.
El testigo clave
Un testigo lo habría visto todo. Durante el juicio aseguró que se
encontraba con el denunciante en el salón de la casa cuando escuchó
ruido y golpes en el domicilio de al lado. Siempre según la sentencia,
primero escuchó como un disparo y vio como entraba en la vivienda un
ladrillo. Luego habría sentido un «bombazo», mientras observaba por la
ventana «a la acusada profiriendo todo tipo de insultos» al exmarido y
«diciéndole en repetidas ocasiones que le iba a matar».
Los hechos continuaron la tarde siguiente, cuando el denunciante se
dirigía al domicilio de la acusada para entregarle a la hija que tienen
en común. Se encontraron en la calle, iniciándose una discusión entre
ambos, por lo que el hombre se metió en su casa. La Audiencia Provincial
considera probado que la acusada cogió un martillo y golpeó en varias
ocasiones la puerta del domicilio de su exmarido.
Tras ello habría propinado varios golpes en la carrocería y en la luna
delantera del coche de su expareja, provocando unos daños tasados en 649
euros. A la misma vez, «gritaba, con ánimo de provocar desasosiego y
temor» al denunciante, «que le iba a matar y le iba a golpear en la
cabeza con el martillo», por lo que el hombre decidió no salir de su
casa, según se afirma en la resolución judicial.
Por todo ello, el Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga decidió
condenarla por los delitos de daños y amenazas, así como por una falta
de lesiones. En total, se le ha impuesto una pena de tres meses de
prisión y una multa de 1.710 euros.
Asimismo, en la sentencia, que ha sido ratificada por la Audiencia
Provincial pese a que la acusada presentó un recurso, se recoge que la
mujer tendrá que indemnizar a su exmarido con 939 euros. Tampoco se
podrá aproximar a él a menos de 300 metros, ni comunicarse con su
expareja durante un año y tres meses.
No hay comentarios:
Publicar un comentario