20140715

Condenada por lanzar un ladrillo a la casa de su exmarido y dar martillazos contra la puerta

al parecer tiró un ladrillo porque estaba "guiada por un ánimo de menoscabar la propiedad ajena" (sic).. que la ventana de la vivienda donde tiró el ladrillo fuera del exmarido no tiene nada que ver, y que casualmente el marido estuviera dentro de la vivienda, tampoco..

"diciéndole en repetidas ocasiones que le iba a matar".. hechos que se repitieron a la tarde siguiente, con un martillo en la mano.. evidentemente ésto para el tribunal será "enajenación mental transitoria" (sic) de ahí lo ridículo de la condena.. aunque a ojos de la calle puede parecer premeditación (y plena consciencia de lo que se está haciendo),

encima la acusada presentó un recurso.. seguro que alegando la "enajenación mental transitoria", claro.. y con esas luces no le retiran la custodia.. curioso..


si el que hubiera lanzado el ladrillo hubiera sido el hombre, inmediatamente se lo habrían llevado al calabozo, y habría sido culpable de "violencia de género", habrían revisado la custodia compartida, y hubiera abierto todos los informativos..

como la agresora es mujer, entonces se pone una multa ridícula.. y miramos para otro lado.. porque la ley "es igual para todos"..

disfruten lo votado..


Condenada por lanzar un ladrillo a la casa de su exmarido y dar martillazos contra la puerta


La mujer tendrá que indemnizar a su expareja con 939 euros, además de abonar varias multas por los delitos de daños, otro de amenazas y una falta de daños

Estaba en el salón de su casa con un amigo, cuando un estruendo acabó con la calma. Era su exmujer que había arrojado un ladrillo contra su vivienda, la misma persona que al día siguiente provocaría daños en su coche y golpearía la puerta del domicilio con un martillo.

Así lo considera probado la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga, que ha ratificado una condena contra esta acusada, en la que se le encuentra culpable de los delitos de daños y amenazas, así como de una falta de daños.

Los hechos ocurrieron el 3 de noviembre de 2011. Entonces el denunciante se encontraba en su casa. No muy lejos, concretamente en la vivienda contigua y adosada vivía su exmujer, de la que se divorció unos meses antes, después de estar casados durante cinco años.

Según se explica en la sentencia de la Audiencia Provincial, que ratifica la resolución del Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga en la que se condenó a la acusada, el suceso tuvo lugar por la tarde. Se explica que la acusada, guiada por un ánimo de menoscabar la propiedad ajena, arrojó desde la terraza de su casa un ladrillo y un vaso que impactaron en el cristal del ventanal del salón de la víctima, rompiéndolo y provocando unos daños que fueron tasados en 287 euros.

El testigo clave

Un testigo lo habría visto todo. Durante el juicio aseguró que se encontraba con el denunciante en el salón de la casa cuando escuchó ruido y golpes en el domicilio de al lado. Siempre según la sentencia, primero escuchó como un disparo y vio como entraba en la vivienda un ladrillo. Luego habría sentido un «bombazo», mientras observaba por la ventana «a la acusada profiriendo todo tipo de insultos» al exmarido y «diciéndole en repetidas ocasiones que le iba a matar».

Los hechos continuaron la tarde siguiente, cuando el denunciante se dirigía al domicilio de la acusada para entregarle a la hija que tienen en común. Se encontraron en la calle, iniciándose una discusión entre ambos, por lo que el hombre se metió en su casa. La Audiencia Provincial considera probado que la acusada cogió un martillo y golpeó en varias ocasiones la puerta del domicilio de su exmarido.

Tras ello habría propinado varios golpes en la carrocería y en la luna delantera del coche de su expareja, provocando unos daños tasados en 649 euros. A la misma vez, «gritaba, con ánimo de provocar desasosiego y temor» al denunciante, «que le iba a matar y le iba a golpear en la cabeza con el martillo», por lo que el hombre decidió no salir de su casa, según se afirma en la resolución judicial.

Por todo ello, el Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga decidió condenarla por los delitos de daños y amenazas, así como por una falta de lesiones. En total, se le ha impuesto una pena de tres meses de prisión y una multa de 1.710 euros.

Asimismo, en la sentencia, que ha sido ratificada por la Audiencia Provincial pese a que la acusada presentó un recurso, se recoge que la mujer tendrá que indemnizar a su exmarido con 939 euros. Tampoco se podrá aproximar a él a menos de 300 metros, ni comunicarse con su expareja durante un año y tres meses.

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