20140709

Condenadas dos exconcejalas por usar a funcionarios para tareas del hogar

condenadas a 6 meses de prisión (que no van a cumplir).. y una cantidad de dinero minúscula (habría que ver su sueldo, las dietas.. pero seguro que eso se lo ganaban en una semana).. seguro que están llorando por el disgusto..

en la condena se han olvidado, curiosamente, de inhabilitarlas para ejerer cargo público..

disfruten lo votado..


Condenadas dos exconcejalas por usar a funcionarios para tareas del hogar

El Supremo impone prisión a las mujeres de Paiporta que utilizaron a empleados públicos para limpiar la casa o hacer una mudanza

Emilia Soler ocupaba la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Paiporta. Además, era la esposa del entonces alcalde de la localidad, Bartolomé Más. Durante los años 2003 a 2006 utilizó a funcionarios para diferentes tareas del hogar, en un chalé que el matrimonio tenía en Montserrat y que empleaban como segunda residencia.

El Tribunal Supremo la ha condenado a un año de prisión por un delito de malversación. La Audiencia de Valencia, en su día, le impuso una multa de 1.900 euros. La Fiscalía y el propio Ayuntamiento de Paiporta, que también ejerce la acusación, recurrieron el fallo. El Supremo ha aceptado sus argumentos. Eleva la pena porque la condenada no devolvió el coste de los servicios que obtuvo de manera gratuita.

La sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), también condena a otros seis meses de prisión a la exconcejala Elisa Cerrilo. También actuó de manera similar a su compañera. Utilizó a empleados públicos para hacer una mudanza en su domicilio particular, tal y como recoge el fallo judicial.

Recoger restos de poda, pintar la casa o transportar material, algunos de los encargos de la responsable

El caso más llamativo, sin duda, son los trabajos en el chalé de Soler y su marido, el exalcalde de Paiporta. Diversos empleados públicos se desplazaron a la vivienda durante su horario laboral para cumplir las órdenes de la responsable municipal. Por ejemplo, la limpiadora del consistorio acudía habitualmente los viernes a adecentar el chalé, en especial durante la primavera y el verano. El carpintero municipal era el encargado de llevarla hasta el inmueble. Por este motivo ha sido condenado a pagar 900 euros de multa.

No terminaban ahí los encargos particulares de la concejala. También utilizó a otros funcionarios de la Brigada de Obras y Servicios para llevar leña, transportar material de construcción y retirar restos de poda. Al pintor municipal, por ejemplo, le encargaron la renovación de las paredes durante una reforma.

Su compañera, en septiembre de 2006, decidió poner en práctica este particular método para una mudanza. Ella, que era la concejal de Interior del consistorio, encargó el cometido a los trabajadores de la Brigada de Obras. Estos trasladaron los muebles de su casa, situada en Alfafar, a otra en Paiporta.

La Audiencia había absuelto a esta mujer porque no existía relevancia penal por ser única y de escasa duración temporal. El Supremo, en cambio, la condena. Entiende que la argumentación para justificar su absolución es «a todas luces, injustificable» e, incluso, «puede llegar a suponer toda una invitación a transgredir las líneas rojas que debe respetar todo representante público». En esta línea, señala que «cuando se traspasan los límites de la legalidad, aunque sea un poco, ya no hay límite en la medida que se está en el campo de la ilegalidad».

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