más leyes para ponerle puertas al campo, por parte de un Gobierno "liberal".. sobretodo para acabar con los pequeños y con los que van por libre.. evidentemente dicen que es "por nuestro bien" y para "crear empleo" en ésta "reactivación económica"..
disfruten lo votado..
Madrid legaliza las viviendas turísticas pero con estancias mínimas de 5 días
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el decreto
de regulación de Apartamentos Turísticos y de las Viviendas de Uso
Turístico cuya principal novedad frente al borrador anteriormente
presentado consiste en que el Gobierno regional ha fijado una estancia
mínima de cinco noches en estas viviendas turísticas, teniendo en cuenta
que la estancia media de turistas en hoteles es de dos noches.
Así lo ha anunciado la consejera de Empleo, Turismo y Cultura, Ana
Isabel Mariño en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno. El
objetivo es actualizar la normativa sobre los apartamentos turísticos,
que ya estaban regulados, y legalizar el funcionamiento de las viviendas
de uso turístico en la región, una modalidad de alojamiento en pisos de
propiedad privada que no estaba amparada por ninguna normativa.
Su objetivo es proteger los derechos de los usuarios, acabar con la
competencia desleal y el intrusismo y fomentar la generación de empleo,
ha destacado la titular regional de Empleo.
La Comunidad de Madrid estima que en la región hay entre 6.000 y 8.000
viviendas de uso turístico, cuya comercialización se realiza
mayoritariamente a través de Internet. "Con la nueva regulación se
establecen unos mínimos requisitos para proteger los derechos de los
usuarios de estos alojamientos, y preservar la calidad en la oferta de
servicios turísticos de la región. Los usuarios verán de este modo
garantizada la oferta y calidad de los servicios de alojamiento y sus
derechos como consumidores", ha subrayado.
¿Qué es una vivienda turística según el decreto?
El decreto, muy similar al que hay en Cataluña, define las viviendas de uso turístico como:
1.- Alojamientos que se ofrecen al público de forma integral (no por habitaciones), englobados en una sola categoría.
2.- Deberán estar inscritas en el Registro de Empresas Turísticas
3.- Debrán mostrar una placa distintiva
4.- Sus precios tendrán que estar expuestos
5.- La estancia mínima no podrá ser inferior a cinco días
6.- El inicio de la actividad estará sujeto a la presentación de declaración responsable.
7.- Las viviendas de uso turístico no podrán utilizarse como residencia permanente.
8.- Pueden estar en un bloque de pisos con otras viviendas que sí son residenciales.
Por otro lado, el decreto sustituye además la regulación estatal
anterior sobre los 'apartamentos turísticos', que fue derogada en 2010.
La nueva norma determina la capacidad mínima de los apartamentos, el
régimen de precios y la ratio de habitaciones adaptadas que deben
disponer, así como la placa identificativa que debe mostrar según su
categoría. La clasificación prevista respetará la tradicional
identificación mediante 4, 3, 2 y 1 llaves.
Las diferencias más destacadas entre ambos tipos de alojamientos son: la
vivienda de uso turístico es un piso de un particular que se encuentra
en un vecindario, mientras que los apartamentos turísticos ocupan todo
un edificio destinado a este fin. Éstos, además, deben poseer una
recepción y zonas comunes, se clasifican por categorías (llaves) y no
tienen estancia mínima. Por el contrario, las viviendas turísticas son
de una sola categoría y la estancia mínima será de cinco noches.
Cerco a la plataforma Airbnb
Mariño ha indicado que la normativa trata de abrir una nueva vía a la
inversión y la creación de nuevas empresas," que contribuirán a la
reactivación económica y en consecuencia a la creación de empleo, ya que
dará seguridad jurídica a posibles nuevos inversores en este sector de
actividad".
Además, el decreto aspira a acabar con situaciones de intrusismo y
competencia desleal denunciadas por las asociaciones del alojamiento
madrileño ya que con ella habrá unos requisitos mínimos exigibles como
al resto de alojamientos.
En el punto de mira está, por ejemplo el portal Airbnb, la plataforma de
Internet de reserva de alojamientos de particulares de todo el mundo.
Plataforma que ha sido sancionada recientemente por la Generalitat de
Cataluña a pagar una multa de 30.000 euros, por comercializar
apartamentos turísticos ilegales en esta comunidad. La Generalitat ha
considerado la infracción de Airbnb como grave, ya que su actividad
supone una competencia desleal con el resto del sector.
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