20161222

El paquete de energía limpia y la mejora de regulación de autoconsumo | La energía como derecho

La normativa propuesta contradice el decreto de autoconsumo aprobado en España en octubre de 2015, al establecer que: 
Los autoconsumidores renovables puedan vender sus excedentes sin someterse a procedimientos y cargas desproporcionadas, al mismo tiempo que mantengan sus derechos como consumidores sin considerarse generadores siempre que la energía vertida a la red no exceda los 10 MWh/año para los hogares y 500 MWh/año para las personas jurídicas y percibir una remuneración por la electricidad renovable vertida a la red que refleje el valor de mercado de la electricidad alimentada. 
Los autoconsumidores renovables que viven en el mismo bloque de viviendas puedan participar conjuntamente en el autoconsumo como si fueran un individuo renovable autoconsumidor.
La instalación de un autoconsumo renovable puede ser administrada por un tercero para su instalación, operación, incluyendo medición y mantenimiento.
 
En sentido contrario el actual RD 90/2015 que regula el autoconsumo en España limita la modalidad de autoconsumo tipo 1*-consumidores con autoconsumo asociado- al exigir que:
Las instalaciones de autoconsumo conectadas a redes interiores no puedan ser compartidas por varios consumidores; es decir una instalación de autoconsumo en una comunidad de vecinos no puede alimentar a las viviendas de los vecinos. 
Sea obligatorio que exista un único titular de la instalación y del contrato de consumo, lo que dificulta la participación de empresas comercializadoras y de servicios energéticos. 
Los excedentes de generación que no se consuman instantáneamente y se viertan a la red eléctrica no sean remunerados, estando obligado el autoconsumidor a “regalarlos” al sistema eléctrico.Por último se obliga al autoconsumidor a pagar unos cargos por la energía no comprada a la compañía eléctrica, energía que uno mismo genera en sus instalaciones y que consume sin que salga en ningún momento de su instalación, llegando al absurdo de que hasta las instalaciones con batería también deban pagar el peaje de respaldo cuando precisamente es la batería el respaldo de la propia instalación solar. La principal explicación que hemos oído al Gobierno en estos días es que estos pagos están justificados en función de los costes del sistema y que en caso de no aplicarse pasarían al resto de consumidores.

ahora a esperar unos 20 años a que se haga implementación en hispanistán para que eliminen el "impuesto al sol", y que no se dejen alguna coma o alguna palabra que cambie completamente el sentido de la ley..

disfruten lo votado..


El paquete de energía limpia y la mejora de regulación de autoconsumo | La energía como derecho

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