20170913
Projusticia. Juicio denuncia falsa repetido por no dejarle defenderse el juez
Repetición de juicio por denuncia falsa en juzgado feminazi tras anularse el primero por indefensión del acusado.
Tras declarar la Audiencia Provincial nulo el anterior juicio por indefensión del acusado en falso, se repitió el juicio con otro juez.
https://www.youtube.com/watch?v=RctmSO0sQkw
El nuevo juez resultó ser Carmen Gámiz Valencia.
Jueza con extenso historial de desmanes que incluso ha sido sancionada por el CGPJ por violenta tras ser denunciada por sus subalternos
http://www.larazon.es/detalle_hemerot...
Condicionada por la sentencia de la Audiencia Provincial, la jueza intentó guardar las formas y permitir al acusado la autodefensa. Sin conseguirlo. Su soberbia, incompetencia, sectarismo y parcialidad se lo impidieron llegando a negarle su derecho a la última palabra.
La jueza decidió cambiar quien era la acusadora y la testigo respecto a lo denunciado en comisaría y enjuiciado en el juicio anulado. Una de tantas “irregularidades” a las que esta juez nos tiene acostumbrados para proteger y privilegiar a las mujeres.
Como se puede apreciar en el vídeo la juez inadmite la mayor parte de las pruebas que el acusado presenta tanto para demostrar su inocencia como para proceder contra las falsas denunciantes.
Resulta curioso ver al denunciado ejerciendo como abogado desde el estrado reservado para los abogados. La juez Carmen Gámiz estaba convencida de que el acusado es abogado, demostrando que no había mirado siquiera el expediente y que ya tenía la sentencia preparada previamente al juicio.
Recordemos los antecedentes del juicio.
El exmarido, está peleando por la custodia de su hijo consiguiendo una casi custodia compartida de hecho pero no de derecho.
En respuesta, la exesposa, Carolina García Espiño presenta la habitual denuncia falsa de maltrato contra su exmarido. Cuenta con la colaboración/inducción de su hermana Lidia Aída García Espiño.
Pese a la evidente falsedad de la denuncia, la juez y la fiscal (Susana Martín Vicente) no persiguen el delito pese a estar obligadas según el artículo 456 del Código Penal.
En la sentencia el acusado ha sido absuelto igual que lo fue en el primer juicio declarado nulo.
Las acusadoras en falso se han ido de rositas.
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