atención al concepto de "intimidad" que tienen en la AEPD de hispanistán:
La Agencia Española de Protección de Datos ha archivado la denuncia interpuesta por la Guardia Civil de Zamora contra el conductor de un vehículo que llevaba una cámara en el parabrisas, enfocada hacia la carretera, por entender que se trataba de un dispositivo de caja cerrada cuyo único fin es guardar las imágenes en caso de accidente, y por tanto, que no compromete la intimidad del resto de conductores o personas que transiten por el campo de visión de este elemento, en este caso el vehículo.
La Guardia Civil directamente, y después la Subdelegación del Gobierno de Zamora, enviaron la denuncia ante la Agencia de Protección de Datos contra el conductor de un automóvil por "llevar instalada en el parabrisas delantero del vehículo y enfocando a la vía pública una cámara de grabación sin autorización y sin conocer el uso que se le va a dar a dichas imágenes".
La Agencia de Protección de Datos se puso manos a la obra y abrió el pertinente proceso para aclarar los hechos. Tras escuchar las alegaciones del denunciado entiende que "se debe deducir que el tratamiento efectuado de las imágenes, a través de la cámara que se encuentra instalada en un automóvil de su propiedad, debe considerarse ponderado y proporcional sin llegar a lesionar otros derechos que pudieran presumirse lesionados".
Para llegar a esa conclusión valora que "la cámara carece de conexión a Internet y no existe un posible tratamiento posterior de las imágenes a través de las redes sociales, que la cámara es de tipo Blackbox o caja negra, dotada de sensor de fuerza G, que graba y bloquea de forma automática las grabaciones, en caso de producirse un accidente y que las grabaciones se superponen y se borran a medida que se llena la memoria de almacenamiento del dispositivo".
éste tipo de cámaras son legales en Rusia (lo que nos cuentan que es una "dictadura") y en muchos otros países, en los que incluso su instalación permite una rebaja sustancial en la cuota del seguro del automóvil..
en hispanistán nos cuentan que eso afecta a "la intimidad" (sic) de otros conductores, y que enfocaba a "la vía pública sin autorización" (sic) y que incluso podía haber llegado a lesionar "otros derechos que pudieran presumirse lesionados" (sic)..
curiosamente la AEPD de hispanistán pretende aplicar la LOPD a quien no le corresponde, porque en este caso ni siquiera tiene que entrar en lo que hace la cámara:
El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:
a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.
y por la misma razón habría (y curiosamente, no hay) cientos de miles de millones de denuncias y sanciones a todos los que sacan imágenes "en la vía pública" y las suben a las "redes sociales".. por ejemplo en éste "selfie" salen muchas personas y seguro que no todas han dado su consentimiento así que hay que presumir que se pueden haber lesionado "otros derechos que pudieran presumirse lesionados" (sic) y, lo que es más grave: la imagen está en las "redes sociales":
el simple hecho que ésta denuncia se haya admitido y que la AEPD haya doblado el lomo por haberse metido "manos a la obra" (sic) para abrir "el pertinente proceso para aclarar los hechos" (sic) demuestra el tipo de país que es hispanistán.. menudo "Estado de Derecho"..
en cualquier país medio-decente la Guardia Civil y la Subdelegación del Gobierno estarían investigados por prevaricación, y a los apoltronados se les pasaría la factura de los "recursos públicos" que se han consumido por investigar éste "posible delito"..
cuidado con respirar, a ver si van a lesionar "otros derechos que pudieran presumirse lesionados" (sic)
buen país, buena "democracia"..
La Guardia Civil denuncia a un conductor por llevar una cámara en el parabrisas
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