aunque el contrato sea por unos meses o un año, si es la vivienda habitual del inquilino, éste puede prorrogarlo hasta que alcance una duración de 3 años, pero además transcurridos como mínimo esos 3 años, si ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con 30 días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.
Por lo tanto, si su arrendador no le comunica expresamente la finalización del contrato con los 30 días de antelación establecidos, el contrato se prorrogaría 1 año más y lo haría en las mismas condiciones pactadas, de modo que si esa subida importante de renta no estaba prevista en él contrato, usted no tendría por qué aceptarla.
pues eso..
La ley no da carta blanca a tu casero para subirte el alquiler
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