la ministrA, que tiene muchos conocimientAs, también ha publicado en el BOE que las pérdidas de 2020 no computan para declara quiebra e ir a concurso de acreedores.. y como no cuentan.. pues hay que seguir pagando impuestos, trabajadores indespedibles (ésto es lo último que han cambiado.. ahora parece que ya se pueden despedir), y suministros..
hispanistán era el país donde despedir estaba prohibido, donde declarar quiebra está prohibido..
disfruten lo votado..
Díaz rectifica y da margen para despedir en los seis meses posteriores a un ERTE
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