para el que aún no lo sepa:
Artículo 116
El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo.
el que quiera entender, que entienda..
El Gobierno aprueba con una amplia mayoría la prórroga del estado de alarma hasta mayo
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