y más que habrán, por el ansia a especular y a joder la vida al prójimo.. ahora queno vengan que lo compraban "para vivir"..
evidentemente la mayoría tendrá el alquiler en negro, porque ellos son "propietarios" (de un piso hipotecado que es propiedad el banco) y "triunfadores" (con una cuota de alquiler que evidentemente no da para pagar la hipoteca), algunos incluso son "listos" (y suscribieron una hipoteca multidivisa.. y acabarán pagando el doble).. pero todos dirán que compraban "para vivir"..
analfabetos..
Andalucía empieza a inspeccionar casi 650.000 pisos vacíos
El Plan Extraordinario de Inspección de Viviendas 2013-2014, publicado
este viernes en el BOJA y que entra en vigor este sábado, permitirá a la
Junta de Andalucía comenzar la tarea de investigación, control,
vigilancia y sanción, si corresponde, de los casi 650.000 inmuebles que
se encuentran desocupados en Andalucía, de acuerdo con el reciente Censo
de Población y Vivienda publicado por el Instituto Nacional de
Estadística, aunque no se actuará simultáneamente sobre todo el parque
residencial vacío.
Según ha indicado la Consejería de Fomento y Vivienda en una nota, esta
tarea de comprobación e inspección comenzará por los municipios en los
que se producen mayores desequilibrios entre la demanda residencial y la
existencia de pisos vacíos. La Consejería de Fomento y Vivienda no
actuará simultáneamente sobre todo el parque residencial vacío, ya que
no es viable desde un punto de vista operacional, ni deseable en
términos de utilidad social, de ahí que se haya establecido ese
criterio.
En el desarrollo de esta labor inspectora, la Consejería de Fomento y
Vivienda hará especial hincapié en el trabajo de comprobación de los
inventarios de vivienda protegida que son titularidad de las entidades
financieras y que ya están comunicando a la Junta de Andalucía, en
cumplimiento que la exigencia del Decreto Ley de la Función Social de la
Vivienda. Esa información servirá de punto de partida para establecer
la situación administrativa en la que se encuentran estos inmuebles
protegidos y constatar si se ha cumplido con la obligación de ponerlas a
disposición de los registros municipales de demandantes de vivienda,
tal y como establece la normativa vigente.
El plan constituye el primer desarrollo normativo del decreto ley para
asegurar la función social de la vivienda. Tiene como objetivos
fundamentales "garantizar la función social de la vivienda, la puesta a
disposición del mercado de arrendamiento del mayor número posible de
viviendas, con el fin de eliminar esa brecha entre demanda e inmuebles
vacíos; y propiciar que los propietarios y las empresas suministradoras
cumplan con su obligación de depositar las fianzas asociadas a la
formalización de los contratos de arrendamientos de viviendas y de la
prestación de servicios (luz, agua, gas)".
A partir del control de los depósitos de estas fianzas, la Consejería de
Fomento y Vivienda tendrá la oportunidad de constatar posibles
incumplimientos e iniciar la labor administrativa correspondiente que
propicie el ingreso de esas fianzas en las condiciones establecidas por
la Ley. El decreto ley modifica precisamente la Ley 8/1997 de medidas en
materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta y otras
entidades, de recaudación, contratación, de función pública y de fianza
de arrendamientos y suministros para propiciar estas funciones de
control.
Detalles del plan
El plan contiene los criterios sectoriales, territoriales, cuantitativos
o de cualquier otro tipo, así como orden de prioridades que van a
servir para seleccionar los ámbitos, objetivos, inmuebles y viviendas
objeto de las actuaciones inspectoras, así como la determinación del
tipo y número de éstas que deban realizarse.
Esta herramienta se compone de una memoria justificativa de las
necesidades de intervención, las directrices generales y estratégicas,
mediante la determinación de las áreas de atención prioritaria y
criterios básicos de desarrollo y los criterios que prioricen la
actuación de la Administración en atención a las anteriores directrices
generales.
Asimismo, contiene una delimitación de los ámbitos geográficos y
materiales de actuación, la determinación de los objetivos en el periodo
de vigencia o la descripción de los programas que instrumentarán la
planificación durante su vigencia. La Consejería apunta que este plan
"supone, en la práctica, la primera herramienta autonómica para
perseguir eficazmente las viviendas vacías, que hasta la aprobación del
decreto ley no existían jurídicamente como tales".
La Junta ha indicado que el decreto ley, en el desarrollo de esta labor
inspectora, "no tiene una función recaudatoria, sino que pretende
emerger en alquiler las viviendas vacías; y además, persigue una
modificación del comportamiento del mercado, con un abaratamiento de los
precios, tanto del alquiler como de la venta, que ajuste los precios a
la caída de la renta familiar disponible".
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