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El nuevo índice hipotecario que sustituye al IRPH entrará en vigor este viernes
El nuevo índice hipotecario que sustituirá al IRPH entrará en vigor este
viernes, 1 de noviembre, tal y como está estipulado en la Ley de
Emprendedores que fue aprobada de forma definitiva el pasado mes de
septiembre y que dentro de su articulado incluía esta modificación.
Así, los ciudadanos cuyas hipotecas estén referenciadas al IRPH-Cajas,
IRPH-Bancos y el Tipo CECA deberán atender a partir de ahora a este
nuevo valor, que se calculará en función del tipo medio de los préstamos
hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre
concedidos por las entidades de crédito en España.
En concreto, este referente se extraerá de la "media de las diferencias
entre el tipo que desaparece y el nuevo valor, calculadas con los datos
disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en
que efectivamente se produce la sustitución del tipo", según se precisa
en la disposición legislativa.
NO SUPONDRÁ NOVACIÓN DEL CONTRATO
En cualquier caso, el nuevo cambio de referencia se aplicará siempre y
cuando el contrato hipotecario no prevea la sustitución del IRPH por
otro tipo concreto, y sólo a partir de la fecha de revisión que se
prevea en cada contrato.
El nuevo índice implicará además la novación automática del contrato
"sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca
inscrita". "Las partes carecerán de acción para reclamar la
modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito
como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta
disposición", se añade en la ley.
CON SEIS MESES DE RETRASO
El sustituto del IRPH entra en vigor con seis meses de retraso, ya que
debía haberse puesto en funcionamiento el pasado mes de abril, cuando
estaba prevista la desaparición del IRPH tal y como se decidió hace ya
dos años.
De hecho, en un primer momento se decidió que el IRPH-Cajas, IRPH-Bancos
y el Tipo CECA expirarían el 29 de abril, tras un año transitorio para
que las entidades financieras se adaptaran a la nueva situación. Sin
embargo, el Gobierno no desarrolló a tiempo el nuevo régimen, por lo que
el Banco de España siguió publicando esos índices y los bancos,
aplicándolos.
El supervisor decidió finalmente ampliar en otros seis meses la vigencia
del IRPH, hasta el 6 de octubre, tiempo que el Ejecutivo aprovechó para
preparar el nuevo régimen que, sin embargo, no fue introducido en el
proyecto de ley de Emprendedores que se remitió al Congreso, sino en una
enmienda del Grupo Popular.
De este modo, el pasado 25 de julio la Comisión de Hacienda aprobó la
inclusión de una nueva disposición adicional fijando el régimen de
transición para la desaparición de los índices o tipos de interés de
referencia de las hipotecas, que se aplicará a partir del 1 de
noviembre, cuando el Banco de España dejará de actualizar los datos y
desaparecerán completa y oficialmente estas referencias.
Esta modificación ha causado malestar tanto entre las asociaciones de
afectados como entre los grupos de la oposición, que pedían que se
sustituyera el IRPH por el Euríbor más un máximo del 1% y que critican
que con la decisión del Gobierno se mantendrán unas tasas de interés
mucho más altas para estos clientes hipotecarios que para quienes tienen
sus créditos referenciados al Euríbor, en niveles muy inferiores
actualmente.
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