ah, claro.. que vienen elecciones.. ya empiezan a decir tonterías.. ahora me creo lo de que "España es un país donde la corrupción no
queda impune", claro, claro.. por eso hay tanta corrupción, porque "no queda impune" (sic), claro, claro..
disfruten lo votado..
"Proponemos pasar de 17.621 aforados que hay en España a sólo 22"
"En España ha habido corrupción en un grado inaceptable", asegura el titular de Justicia
De todas las reformas anunciadas por el presidente del Gobierno, Mariano
Rajoy, en la presente legislatura quedan pendientes algunas muy
controvertidas y de final incierto —la nueva ley del aborto— y otras de
regeneración democrática provocadas por los problemas que el partido del
Gobierno y alguno de sus miembros han tenido los últimos años a cuenta
de la corrupción. Todas esas reformas cargan de problemas la cartera del
ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón (Madrid, 1958), quien
estrenó su cargo como uno de los políticos mejor valorados en España y
hoy ocupa el segundo peor puesto. El ministro concedió esta entrevista
para hablar exclusivamente sobre regeneración democrática.
Pregunta. ¿España es un país corrupto?
Respuesta. España es un país donde ha habido corrupción en un grado
inaceptable. Es una realidad que no podemos eludir pero esa es una cara
de la moneda. La otra es que España es un país donde la corrupción no
queda impune. Hoy la corrupción es noticia no porque se estén
descubriendo nuevos asuntos de corrupción sino porque están actuando los
tribunales de Justicia porque aquellos que cometieron el delito han
sido investigados, juzgados y cuando los tribunales lo han decidido han
ingresado en la cárcel. Y eso es lo positivo. Aunque yo soy plenamente
consciente de que esas noticias generan una percepción de que ése es el
estado general de las cosas. En estos momentos no hay escándalos de
corrupción por hechos cometidos en los dos últimos años sino lo que hay
son causas judiciales por hechos cometidos con anterioridad. Y creo que
la respuesta que ha dado el Estado de Derecho ha frenado en muy buena
medida la tentación de corrupción que durante los últimos años se
produjo entre responsables políticos y los sectores privados con los que
hubo connivencia.
P. ¿Por qué cree que ha vuelto la corrupción después de los escándalos
de la década de los noventa que llevaron a algunos políticos a la
cárcel?
R. Hay dos factores que siempre han funcionado en paralelo: el ético, el
moral, el nivel de exigencia que la sociedad debe tener con sus
responsables públicos debe ser siempre absoluto y lo ideal es que la
corrupción no se produjera, no tanto porque hubiera dificultades
administrativas para hacerlo o porque hubiera una amenaza de un reproche
penal posterior sino porque el compromiso ético de todos los que asumen
responsabilidades públicas les alejasen de ese camino. Pero eso
desgraciadamente no se ha producido y yo sí creo que en los últimos años
hemos tenido un profundo empobrecimiento ético de muchos responsables
públicos, sin duda minoritarios pero significativos, y de una buena
parte de la sociedad que ha entendido que podía convivir perfectamente
con ese tipo de conductas. Cuando ese nivel de compromiso ético ha
bajado, y ha bajado en España, es porque hemos advertido una
insuficiencia de la norma administrativa que con carácter previo haga
extraordinariamente imposible un aprovechamiento lucrativo de los fondos
públicos. Y esa es la respuesta que en estos momentos tenemos que dar.
Con mucha actividad económica puede haber un riesgo de conductas de corrupción”
P. ¿En periodos de bonanza económica aflora más la corrupción y en momentos de crisis hay mayor conciencia contra los corruptos?
R. Es evidente que cuando hay mucha actividad económica puede haber un
riesgo mayor de que aquellos que pretenden conseguir sus contratos o
aquellos que están dispuestos a vender esos contratos entren en
conductas de corrupción. No debería ser así pero desgraciadamente lo es.
Lo segundo es cierto. Ha habido un incremento muy fuerte del nivel de
exigencia con la clase política y con las administraciones en general en
los últimos años. Y eso, yo creo que se ha producido de alguna manera
por la indignación que ha supuesto para la gente la suma del
conocimiento de esas conductas delictivas con las enormes dificultades
que una parte importante de la población ha pasado durante la crisis
para sobrevivir.
P. Dirigentes del PSOE fueron encausados y condenados en el caso Filesa
por delitos vinculados a la financiación ilegal del partido. Ni
entonces, ni ahora, 20 años después, el delito está castigado en el
Código Penal. Ustedes han prometido incluir ese delito. ¿Cómo lo piensan
regular?
R. En la tramitación de la reforma del Código Penal que está en el
Congreso se incluirá como parte del acuerdo de regeneración democrática
que queremos alcanzar con todos los grupos, pero especialmente con el
socialista, con un nivel de exigencia igual o superior al máximo de
cualquier país de la Unión Europea. Ese nivel individualizará la
responsabilidad penal en los gestores de los partidos políticos, una
persona responsable de las finanzas que asumirá la responsabilidad penal
de cualquier acto ilegal que se realice. Y si esa persona hubiese
realizado ese acto con conocimiento o consentimiento de directivos de
ese partido político, ellos también serán penalmente responsables.
P. ¿No habrá castigo al partido político en forma de inhabilitación para presentarse a unas elecciones o parecido?
Tenemos que centrar la responsabilidad en aquellos que cometen actos ilegales”
R. Tenemos que centrar la responsabilidad en aquellos que cometen actos
ilegales, pero los partidos políticos son constitucionalmente
instrumentos de participación ciudadana y por tanto toda la
responsabilidad penal para quien cometa una irregularidad pero no privar
a los ciudadanos de ese cauce constitucional de participación política.
P. ¿Su partido se ha financiado ilegalmente en los últimos 20 años?
R. No tengo ninguna noticia de que eso haya ocurrido.
P. Ninguna noticia de su partido o ninguna noticia a través de la prensa, porque los periódicos lo cuentan todos los días...
R. En mi condición de militante del PP. En la prensa lo que aparecen son
actuaciones individuales de determinadas personas que, prevaliéndose de
su cargo, lo que han hecho ha sido enriquecerse personalmente. Todas
las cuentas opacas que han salido no son cuentas del partido sino de
señores que utilizando el nombre del partido lo que hicieron fue
enriquecerse ellos.
P. El juez Ruz ha ofrecido al PP personarse en la causa del caso Gürtel
porque se lucró de los delitos que cometieron sus dirigentes políticos
al financiar actos electorales con dinero de actuaciones irregulares...
R. Ser partícipe a título lucrativo de un delito, que es algo que ocurre
en muchas ocasiones, fundamentalmente en las sociedades de gananciales
cuando uno de los dos cónyuges comete un delito y enriquece a la propia
sociedad, no significa de ninguna de las formas responsabilidad penal.
Pero si ha habido un enriquecimiento aunque no sea merecedor de reproche
penal, eso naturalmente exigirá una reparación.
P. En ese mismo auto, el juez Ruz sostiene que el PP tuvo durante 20
años una caja b con la que pagó distintas cosas, entre ellas
sobresueldos y campañas electorales...¿Eso no es financiación ilegal del
PP?
R. Si eso, al final, cuando haya una resolución judicial firme se confirma, merecerá toda mi condena.
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P. ¿El aforamiento de los políticos es un privilegio que hay que eliminar?
R. El aforamiento no tiene por qué constituir un privilegio. Puede ser
una merma de derecho fundamental, que es el derecho a la revisión de una
sentencia condenatoria. Pero por mucho que los juristas expliquen que
el aforamiento no es un privilegio, la sociedad española la percibe como
tal. Y eso yo creo que exige una respuesta por parte del legislador. En
estos momentos tenemos en España, sin contar a las fuerzas y cuerpos de
seguridad, a 17.621 aforados, aquí se incluyen todos los políticos de
ámbito nacional, autonómico, el total de los miembros de los órganos
judicial y fiscal, incluidos los jueces de paz, que son 7.685. Si
computamos a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad, que
tienen un aforamiento parcial, elevaríamos el número a 280.159 aforados
en España. Esta situación debe ser sometida a revisión. En el proyecto
de ley orgánica del Poder Judicial, la propuesta que llevamos en el
ministerio de Justicia es pasar de estos 17.621 a 22 aforados en España.
Esa es la propuesta, que no podremos realizar a través de la Ley
Orgánica porque alguno de esos aforamientos están recogidos en nuestra
Constitución o recogidos en los estatutos de autonomía, que no pueden
ser modificados por una Ley Orgánica. Si esta Ley establece este
propósito, corresponderá ya a los partidos mediante el pacto de
regeneración que debe abordarse reformar los estatutos de autonomía y,
en su momento, en el día y en el caso de que se reforme la Constitución,
establecer una limitación drástica de estos aforamientos. Desde mi
punto de vista, los únicos aforamientos que deberían subsistir en España
son, aparte de los que afectan a la familia real, son los titulares de
los poderes del Estado: el presidente del Gobierno, los presidentes del
Congreso y del Senado, el presidente del Tribunal Constitucional y el
presidente del Tribunal Supremo, más los 17 presidentes de las
comunidades autónomas, y esto suma 22 personas. Los diputados dejaríamos
de estar aforados, los ministros dejaríamos de estar aforados, los
miembros de los consejos de Gobierno de las comunidades igual que los
diputados autonómicos dejarían de estar aforados, aunque para todo eso
habría que reformar la Constitución en un caso y los Estatutos de
Autonomía en el otro. Pero lo que sí se puede incluir en la nueva Ley
Orgánica del Poder Judicial es la supresión de los aforamientos de otros
altos cargos de la administración general, otros órganos como Tribunal
de Cuentas, Consejo de Estado o Defensor del Pueblo. Insisto, esto es
una intención de carácter político, porque la Ley Orgánica a lo único
que puede afectar es a los órganos del Estado que no están recogidos
expresamente en la Constitución, a los jueces y a los fiscales. Pero que
se suprima el aforamiento de diputados, senadores, ministros,
consejeros autonómicos, parlamentarios autonómicos y otros cargos
autonómicos es algo que tendrá que hacerse mediante un pacto político
que modifique los estatutos de autonomía y que aborde en su momento la
reforma de la Constitución.
P. En España hay una tercera instancia judicial, que en realidad es
política y que maneja el Gobierno a través del indulto. ¿Cabe algún tipo
de reforma para prohibir indultar determinados delitos?
El indulto está regulado en una Ley del siglo XIX que fue reformada por el Gobierno socialista”
R. El indulto está regulado en una Ley del siglo XIX que fue reformada
por el Gobierno socialista. No sólo ha sido recogido en la Constitución
sino reafirmado en la etapa democrática durante el mandato del Gobierno
socialista. Desde aquella última reforma de 1988, este es el Gobierno
que menos indultos ha dado en democracia y que más ha rechazado. Este
Gobierno, además, tampoco ha dado ningún indulto por ningún delito
contra la administración pública a ningún político o cargo público que
se haya enriquecido con ello o que se haya llevado dinero que
perteneciese a los contribuyentes. Hemos sido extraordinariamente
restrictivos en este tema. Dicho eso, me plantea reflexionar sobre si
determinados tipos delictivos deberían estar excluidos. Algunos ya lo
están, la Constitución lo establece. Pero el legislador ya limitó la
posibilidad de indultos, concretamente para los miembros del Gobierno y
para determinados supuestos, y no quiso establecer ninguna otra
limitación de lo que es una prerrogativa real, que como todas se ejercen
a través del Poder Ejecutivo. Yo creo que más que una limitación por
Ley que no está prevista más allá de lo que establece nuestra
Constitución, lo que tiene que establecerse es un criterio político y de
control para no conceder ningún indulto a ningún político que se haya
enriquecido. Tengo dudas de que se pueda establecer una limitación en la
Ley que llegue más allá de lo que ha establecido la propia
Constitución.
P. ¿Es usted partidario de que cuando un cargo público es procesado o se
abre juicio oral contra él tenga que dejar por Ley su puesto, como
hacen los jueces que se encuentran en esa situación porque la Ley del
Poder Judicial así lo establece?
Esto evitaría el posible abuso de interposición de querellas para perjudicar a cargos públicos o a candidatos”
R. Esa propuesta la hice yo el 31 de octubre de 2012 en sede
parlamentaria contestando a una interpelación de Rosa Díez que me
solicitaba que la mera imputación supusiera la obligación del cargo
público de abandonar sus responsabilidades o la imposibilidad de
presentarse en una lista electoral. Le razoné a la señora Díez que si
llevásemos ese nivel de exigencia a la imputación se podrían cometer
numerosas injusticias. Una querella presentada en forma unas semanas
antes de unas elecciones, al ser admitida por el juez correspondiente,
podría llevar aparejada para garantizar sus derechos la necesaria
imputación del querellado, y aunque después esa imputación quedase en
nada, esa persona ya no podría presentarse a las elecciones o hubiera
tenido que abandonar el cargo público con el profundo deterioro de
imagen que eso significa. Lo que yo propuse en octubre de 2012 es que
ese nivel de exigencia se llevase al momento en que habiendo finalizado
la instrucción ya hay indicios racionales de criminalidad contra esa
persona, que aunque no estén confirmados por una sentencia, sí supone
sin duda ninguna la constatación de que por parte del Poder Judicial se
han apreciado elementos suficientes como para entender que tiene que ser
sometida a juicio. Esto evitaría la sensación que tienen los ciudadanos
de que siguen ejerciendo responsabilidades públicas personas sobre las
que hay sospecha cierta de que han cometido irregularidades y por otro
lado el posible abuso de interposición de querellas instrumentales para
perjudicar a cargos públicos que están ejerciendo o a candidatos
electorales previamente a los procesos. Esta es una reforma que queremos
introducir en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esto lo llevaremos
también al pacto de regeneración democrática de septiembre.
P. ¿Y con un cargo electo se puede hacer?
Uno no puede ser candidato en unas elecciones municipales si está condenado”
R. No. Pero se puede establecer una causa de inelegibilidad, en el
sentido de que aquel que esté pendiente de un juicio oral pero con un
auto firme de apertura no podrá ser candidato en unas elecciones. De
hecho ya tenemos un avance en nuestra Ley Electoral porque, en contra de
lo que ha sido tradicional en España, uno no puede ser candidato en
unas elecciones municipales si está condenado por una sentencia aunque
la sentencia no sea firme.
P. Mariano Rajoy anunció en agosto de 2013 una serie de medidas de
regeneración democrática, adelantadas ya en febrero de aquel año, que
siguen en tramitación en el Congreso pero año y medio después aún no se
intuye cuándo serán aprobadas. ¿Cómo se puede explicar que la reforma de
la jurisdicción universal se tramite en tres meses, una reforma de la
constitución se apruebe en 15 días, y estas medidas, tan urgentes,
tarden tanto?
R. La razón de los tiempos es porque unas son iniciativas del Gobierno y otras son iniciativa del parlamento.
P. Ustedes tienen mayoría absoluta...
R. Cierto, pero le quiero decir que cuando el Gobierno adopta la
iniciativa no puede enviarla inmediatamente a tramitación parlamentaria
sino que tiene una fase consultiva de carácter previo que es lo que
explica muchas veces la dilación de estas medidas. Si es proposición de
ley o enmienda, no es necesario someterla a consulta. Le puedo decir que
muchos de estos proyectos están en tramitación en el Congreso...
P. Con los plazos de presentación de enmiendas prorrogados decenas de veces...
R. Es verdad, lo hemos hecho con la idea de que esto forme parte de un
pacto político lo más extenso posible. Hemos tenido unas circunstancias
políticas especiales que lo han impedido.
P. ¿Ha renunciado ya a aprobar la reforma legal para pasar la instrucción de los jueces a los fiscales?
Los fiscales acabarán llevando la investigación en España, de eso no tengo ninguna duda”
R. Los fiscales acabarán llevando la investigación en España, de eso no
tengo ninguna duda porque es el mecanismo procesal que funciona en la
práctica totalidad de los países de nuestro entorno. Estamos creando
instituciones supranacionales como la fiscalía europea que tendrá una
dificultad añadida para su operatividad en España como consecuencia de
que la instrucción en nuestro país la siguen llevando los jueces.
El problema que se plantea es convencer a la sociedad de que el hecho de
que la instrucción pase de los jueces, que constitucionalmente son
independientes, al ministerio fiscal, que funciona con un criterio de
dependencia jerárquica del fiscal general del Estado, que
constitucionalmente está establecido que lo nombra el Gobierno, no
significa en ningún caso que la instrucción vaya a estar dirigida o
condicionada por la voluntad política del Gobierno de la nación. Y esto
exige una labor de pedagogía muy importante, porque en la actual
situación, una parte de los asuntos penales que se conocen afectan a
personas que han ocupado puestos de responsabilidad pública. Si diésemos
el paso de encargar la instrucción al ministerio fiscal, hay quien
podría pensar que el Gobierno lo hace con la intención de tener un
control sobre la instrucción de los procedimientos que no tiene con los
jueces. Y le puedo asegurar que no es esa la voluntad del gobierno. Pero
para evitar que nadie pueda tener esa sospecha, creo que el momento
adecuado, que llegará, no tenga ninguna duda, en que la instrucción pase
al ministerio fiscal, tiene que estar completamente alejado de
cualquier sospecha de que el Gobierno tiene la más mínima intención de
interferencia en algo que cuando el ministerio fiscal asuma la
instrucción deberá llevar con autonomía absoluta del Gobierno de la
nación.
P. ¿ Por tanto ahora no es el momento para abordar esa reforma?
R. Creo que lo tendremos que hacer, pero el momento tendrá que ser
cuando se haya superado esta situación en la que se está procediendo a
la investigación y a la exigencia de responsabilidad a muchas personas
que han ocupado cargos políticos.
P. ¿Le parece una buena medida de regeneración democrática la adoptada
por el Rey de España para prohibir a los miembros de la Familia Real
trabajar en la iniciativa privada?
R. Si. Me parece que hay un principio claro, cuando se percibe una
asignación de los presupuestos del Estado, esa remuneración no debe ser
compatible con la realización de actividades privadas, y por lo tanto me
parece que es una medida correcta.
P. ¿Y si renunciasen a la asignación pública, por qué no podrían trabajar en una empresa privada?
R. Me parecerá fenomenal que lo hagan, pero entonces entiendo que no
deberían realizar las labores institucionales que por formar parte de la
Familia Real les corresponden. Se le debe dar la facultad de elegir, y
si quiere desarrollar una carrera profesional privada, que lo elija,
pero si quiere realizar labores institucionales formando parte de la
Familia Real entonces genera un derecho a una asignación con cargo a los
presupuestos que lógicamente debe ser incompatible con esa actividad
privada.
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