traduciendo: los "refugiados sirios" (que ni son refugiados, ni son de Siria), que ni siquiera tienen permiso de residencia, y que "hebidentemente" no han cotizado ni un mes, van a ser subvencionados en las farmacias (no es magia: son tus impuestos..) y van a pagar máximo un 40%.. y "razializamos" para que nadie se pierda: con un máximo mensual de 8,23 euros al mes..
¿van entendiendo el mecanismo, o necesitan un esquema?
pues eso:
Real Decreto-ley 11/2026, de 12 de mayo
No hay comentarios:
Publicar un comentario