20260619

El Supremo indemniza con 2,5 millones a un inocente que pasó 18 años en prisión por dos violaciones

lo que te cuentan:

el tribunal que le condenó no valoró, a pesar de que fue admitida y formaba parte de la causa, una prueba pericial biológica, cuyo resultado era incompatible con la autoría de las violaciones atribuida al recurrente, al constatar que su perfil genético no coincidía con los restos de semen hallados en la ropa de la víctima.

El tribunal concluye que “ese error fue determinante de que el recurrente permaneciera privado de libertad durante un periodo extraordinariamente prolongado -aproximadamente 18 años- en ejecución de una condena que ha quedado sin efecto por declararse su inocencia, lo que constituye una afectación de máxima intensidad del derecho fundamental a la libertad personal”.

La Sala revoca la sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó la decisión del Ministerio de Justicia de no indemnizar al recurrente al considerar que no concurría en el supuesto enjuiciado error judicial craso o evidente.

Sin embargo, el Supremo concluye que, aunque la sentencia de revisión no incluye una declaración formal expresa de error judicial, “resulta de forma directa, clara e inequívoca la existencia de una equivocación cualificada caracterizada por: (i) la omisión de una prueba pericial objetiva, relevante y válidamente incorporada al proceso, (ii) su carácter incompatible con la hipótesis incriminatoria, (iii) su potencial determinante del fallo, y (iv) la consiguiente quiebra del proceso lógico de formación de la convicción judicial”.

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Por otra parte, la Sala rechaza la petición del recurrente de que se declare la culpa grave de los magistrados que dictaron la sentencia penal condenatoria, al considerar que excede del objeto del procedimiento 

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Margarita Robles presidía la sección de la Audiencia de Barcelona que dictó la sentencia condenatoria de 24 años de prisión por dos delitos de violaciones ocurridos en Cornellà.

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La prueba ignorada: El tribunal liderado por Robles basó la condena casi exclusivamente en el reconocimiento visual de las víctimas, omitiendo y no valorando los informes periciales de ADN. Dichos análisis ya demostraban en aquel momento que los restos de semen biológico en la ropa no pertenecían a Tommouhi. 


traduciendo: querían un culpable y lo encontraron, y la condena estaba basada en el #yotecreo ("a la muhé haykekreerla siosi"), aunque las pruebas ya demostraban que era inocente.. lo que viene siendo prevaricación..

y lo que te cuentan es que "hebidentemente" no hay responsables ni responsabilidades.. 


pues eso:

El Supremo indemniza con 2,5 millones a un inocente que pasó 18 años en prisión por dos violaciones

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